Líneas 41, 71 y 83
El intendente autorizó nuevos ramales y refuerzos para tres líneas de Mi Bus
El Ejecutivo municipal autorizó a la empresa Amancay SRL a realizar nuevos ramales y refuerzos en sus líneas de colectivos urbanos. El crecimiento poblacional y la demanda del turismo en temporada alta fueron algunos de los motivos por los cuales se ejecutó esta resolución.
El Municipio explica que las anteriores normas fueron modificando progresivamente los recorridos de las líneas a medida que la ciudad creció en población y en superficie urbana. A ese factor se suma el peso creciente del turismo: según el texto oficial, distintos incentivos económicos y parámetros macroeconómicos favorecieron en los últimos años el turismo nacional e internacional hacia Bariloche, lo que incrementó la demanda de transporte público.
Por eso, el Ejecutivo consideró necesario sumar ramales de refuerzo a los recorridos ya existentes, de manera de cubrir la demanda de los usuarios en las distintas épocas del año, ya que varios de esos refuerzos tendrán carácter temporal y se activarán según la necesidad de movilidad hacia las zonas de mayor actividad en cada temporada.
Qué líneas se ven afectadas
Línea 41, ramal b: conecta el centro con el Barrio Pilar II, pasando por calles como Moreno, Elflein, Onelli, San Juan Bosco y Angélica Acevedo.
Línea 83, ramal b (Malvinas–Centro): une el centro con el Barrio Malvinas por Moreno, Rolando, Av. Wiederhold y Puerto Argentino.
Línea 83, ramal C: recorre el centro y el Barrio Nahuel Hue, con paradas en calles como La Fragua, Las Bayas e Isla del Tigre.
Línea 71, ramal C: une la Ruta Nacional 40 norte y la terminal de ómnibus con el Barrio Unión, circulando por Av. Luis Piedra Buena, 12 de Octubre y Crucero General Belgrano.
El propio texto de la resolución reconoce que la sucesión de normas dictadas en los últimos años había generado dispersión normativa. Por eso, el Municipio decidió reunir todos los recorridos vigentes en un único documento, con el fin de "simplificar la interpretación y evitar confusiones" tanto para la empresa prestataria como para los usuarios del servicio.
La resolución se dictó en el marco de las atribuciones que el artículo 51 de la Carta Orgánica Municipal le confiere al intendente, y ordena su publicación y toma de razón en el Registro Oficial.