2026-07-31

El Bolsón

Un deudor alimentario no podrá jugar al fútbol hasta que pague la cuota

Un fallo judicial ordenó su desafiliación del club donde practicaba el deporte y sumó otras medidas: inhabilitación para manejar y embargo de cuentas digitales. La jueza sostuvo que la falta de pago es una forma de violencia económica contra la madre.

Un tribunal de Familia decidió aplicarle un combo de medidas restrictivas a un deudor alimentario de El Bolsón, que incluye nada menos que su desafiliación del club donde juega, la prohibición de participar en entrenamientos, partidos y cualquier actividad organizada por la institución.

La medida llegó después de un largo peregrinaje judicial. La madre de la niña había denunciado en reiteradas ocasiones que el hombre no cumplía con la cuota alimentaria, y el expediente demuestra que ya se habían probado otras alternativas sin éxito: el Registro de Deudores Alimentarios, embargos de bienes e incluso una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Nada de eso funcionó.

Pero el fallo no se quedó en el ámbito deportivo. La jueza interviniente fue más allá y también ordenó a las municipalidades de El Bolsón, Lago Puelo y El Hoyo que inhabiliten y no renueven la licencia de conducir del demandado hasta que se ponga al día con la obligación. Es decir: si quería manejar, primero tendrá que hacerse cargo de su hija.

Además, el tribunal dispuso oficios a Mercado Pago, Ualá y Tarjeta Naranja para que informen si el hombre tiene cuentas activas. En caso de encontrar fondos, deberán inmovilizarlos y trabar un embargo preventivo a disposición del juzgado. Las billeteras virtuales, tan usadas para todo, ahora también pueden ser una vía para garantizar el pago de alimentos.

La magistrada indicó que las medidas conminatorias no buscan castigar, sino generar un incentivo real para que el deudor cumpla. Y recordó que el derecho a la alimentación de los niños, niñas y adolescentes no es un capricho, sino un derecho humano básico que integra el interés superior del niño.

Pero hubo un punto que la jueza subrayó con especial énfasis: la falta de pago no es solo una deuda económica. Es, además, una forma de violencia económica contra la madre, que termina cargando sola con los gastos de la crianza. Bajo esa lupa, las restricciones impuestas resultan razonables y proporcionadas, sobre todo después de que todas las otras herramientas judiciales fallaron.

El fallo ya fue comunicado al club y a la asociación deportiva correspondiente. La medida regirá hasta nueva orden judicial. Por ahora, el deudor tendrá que buscar otra manera de despejarse los fines de semana. O, mejor dicho, tendrá que pagar para volver a la cancha.

Te puede interesar