Neuquén
La Justicia rechazó suspender el vínculo de un padre con sus hijos: los niños pidieron seguir viéndolo
La Cámara Provincial de Apelaciones de Neuquén confirmó una sentencia que rechazó suspender provisoriamente el régimen de comunicación de un padre con sus hijos. Para los jueces, no se presentaron pruebas ni indicios suficientes que justificaran una medida tan restrictiva.
La decisión fue adoptada por la Sala II, integrada por Patricia Clerici y Pablo Furlotti. Los magistrados remarcaron que la interrupción del vínculo entre un progenitor y sus hijos es una medida excepcional, que únicamente puede aplicarse cuando existen causas graves y debidamente comprobadas.
El pedido había sido presentado por la madre de los niños, quien denunció que su expareja los había sometido a reiterados malos tratos. Por ese motivo, solicitó que el contacto se suspendiera hasta que el hombre realizara un tratamiento psicológico y demostrara contar con herramientas para ejercer una crianza respetuosa.
Sin embargo, la Cámara entendió que los elementos reunidos en el expediente no permitían acreditar las situaciones denunciadas.
Los niños pidieron mantener el contacto
Uno de los aspectos centrales de la resolución fue la opinión de los propios niños, quienes fueron escuchados durante el proceso judicial.
Según consta en el fallo, ambos manifestaron que querían seguir manteniendo contacto con su padre. Incluso expresaron su deseo de continuar viviendo con él, una postura que, de acuerdo con los jueces, contradecía el planteo realizado por la madre.
La Cámara aclaró que no se pretendía exigir una prueba imposible sobre hechos que podrían haber ocurrido dentro del ámbito familiar. No obstante, sostuvo que era necesario contar con elementos concretos que permitieran justificar una decisión de tanta gravedad como suspender el vínculo.
Los magistrados recordaron que el Código Civil y Comercial establece que, aun cuando el cuidado personal de los hijos quede a cargo de uno solo de los progenitores, debe respetarse el derecho de los niños y del padre o madre no conviviente a mantener una comunicación fluida.
“La excepción a esta regla debe ser apreciada con criterio estricto”, señaló Clerici en su voto. Agregó que cualquier decisión debe analizarse priorizando el interés superior de los niños, para evitar que uno de los progenitores sea apartado injustificadamente de sus vidas.
Una relación marcada por el conflicto entre los adultos
La Cámara también advirtió que el pedido se produjo en un contexto de fuerte conflictividad entre los padres. Según se indicó, el juez de primera instancia ya había tenido que realizar exhortaciones, intimaciones y órdenes para que los adultos se abstuvieran de determinadas conductas.
En la resolución se cuestionó que ambos progenitores manifestaran querer proteger a sus hijos, pero que algunas de sus acciones resultaran poco compatibles con el bienestar emocional de los niños.
En ese sentido, la Sala II sostuvo que las solicitudes para interrumpir el contacto familiar deben analizarse con especial rigor, para impedir que se conviertan en “una herramienta más de la agresión permanente entre los padres”.
Finalmente, Clerici y Furlotti confirmaron la sentencia de primera instancia y rechazaron la suspensión del régimen de comunicación. De esta manera, el padre podrá continuar manteniendo el vínculo con sus hijos mientras sigue tramitándose el conflicto familiar.