Viedma
Tras separarse, una pareja seguirá compartiendo a su perra: la Justicia la reconoció como “ser sintiente”
Una jueza de Familia de Viedma resolvió que una pareja separada continúe compartiendo el cuidado de una perra con la que convivieron durante casi una década y, al fundamentar su decisión, sostuvo que los animales domésticos no deben ser considerados simples objetos, sino “seres sintientes” capaces de generar vínculos afectivos.
El caso se inició tras la separación de una pareja que había compartido durante años la crianza de una perra de gran tamaño y avanzada edad. Luego de la ruptura, ambos mantuvieron un sistema informal de convivencia alternada con el animal, aunque con el tiempo surgieron desacuerdos que terminaron judicializándose.
Ante la falta de una regulación específica sobre mascotas en conflictos de pareja, la magistrada sostuvo que esa ausencia normativa no impide brindar una respuesta judicial a una realidad social cada vez más frecuente.
Uno de los puntos centrales del fallo fue el análisis sobre la naturaleza jurídica de los animales. Aunque el Código Civil y Comercial todavía los ubica dentro de la categoría de “cosas muebles”, la jueza consideró que esa definición resulta insuficiente frente a los cambios sociales y jurídicos.
“Voy a apartarme de la calificación de cosa mueble de los animales en general y, mucho más tratándose de un animal doméstico, apropiándome del concepto de la sintiencia”, expresó en la sentencia.
El fallo también menciona antecedentes doctrinarios y judiciales vinculados al reconocimiento de los animales como seres capaces de experimentar dolor, placer y vínculos afectivos, entre ellos el caso de la orangutana Sandra, considerado un antecedente relevante en materia de derechos animales.
Durante el proceso, testigos señalaron que ambas personas participaron activamente del cuidado cotidiano, la atención veterinaria y la crianza de la perra desde que era cachorra. La magistrada concluyó que existió un vínculo socioafectivo consolidado y sostuvo que el derecho debe reconocer esos lazos construidos en el tiempo.
Además, descartó que la solución dependiera de determinar quién era el “dueño” del animal. Si bien se acreditó que la perra había sido originalmente entregada a una de las partes, la jueza entendió que eso no resultaba decisivo.
“Lo verdaderamente relevante fue la conducta mantenida durante años por ambas partes, quienes criaron a la perra conjuntamente e hicieron de ella un miembro más de la familia”, sostuvo.
Finalmente, la sentencia estableció un régimen de convivencia similar al que la expareja ya aplicaba provisoriamente: la perra permanecerá una semana con una de las partes y luego dos semanas con la otra. También deberán informarse mutuamente cualquier problema de salud o necesidad veterinaria, mientras que los gastos de traslado serán compartidos.
La magistrada remarcó que el criterio principal para resolver el conflicto debía ser el bienestar del animal, especialmente por tratarse de una perra de diez años, de gran tamaño y con dificultades para los traslados. (ANB)