2026-06-10

Cipolletti

Un padre no pagó la cuota alimentaria durante meses y ahora se la descontarán directamente del sueldo

La Justicia de Cipolletti consideró que el incumplimiento fue una forma de violencia económica contra la madre. También ordenó que el padre y su abogado hagan una capacitación obligatoria.

Durante meses, una mujer tuvo que sostener sola los gastos cotidianos de su hijo y, al mismo tiempo, reclamar una y otra vez en la Justicia para que el padre cumpliera con la cuota alimentaria. La situación llegó a un límite en Cipolletti y terminó con una resolución contundente: el aporte será descontado directamente del sueldo del progenitor.

El caso comenzó en 2023, cuando las partes habían acordado que el padre pagaría una cuota equivalente al 30% del Salario Mínimo, Vital y Móvil. El convenio se firmó en el ámbito de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos, pero el cumplimiento fue irregular desde el inicio.

Con el paso de los meses, la deuda empezó a crecer y la madre debió recurrir a la vía judicial para exigir el cumplimiento del acuerdo. Según consta en la causa, cada reclamo terminaba en una nueva intimación y en promesas de pago que después no se cumplían.

La madre del niño tuvo reiteradas presentaciones ante la Justicia para que abone la cuota alimentaria fijada por acuerdo.

 

El progenitor se presentó en el expediente y aseguró que tenía problemas económicos y laborales. También dijo que no sabía cuánto debía y pidió que fuera la madre quien calculara la deuda. Además, propuso pagar en cuotas y afirmó que tenía voluntad de regularizar la situación.

La jueza, sin embargo, marcó que el monto no era difícil de determinar, ya que la cuota estaba atada a un indicador público: el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Con esa referencia, la mujer hizo la liquidación de lo adeudado entre 2023 y 2025, y las partes llegaron a un nuevo acuerdo de pago.

Pero ese compromiso también quedó en el camino: el padre pagó solo una cuota y volvió a incumplir.

 

Una carga que recayó una y otra vez sobre la madre

Ante la falta de respuestas, la mujer pidió medidas más fuertes. Solicitó que el progenitor fuera inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios y que se le suspendiera la licencia de conducir.

El hombre se opuso a la suspensión del carnet. Argumentó que lo necesitaba para una oportunidad laboral, pero la magistrada verificó que ya tenía un empleo registrado que no había informado en la causa. Ese dato fue clave para debilitar su planteo.

La titular de la Unidad Procesal N° 11 analizó el expediente con perspectiva de género y señaló que el incumplimiento alimentario sostenido no es solo una deuda económica: también puede constituir una forma de violencia contra la mujer.

En su resolución, sostuvo que cuando el padre no cumple, la madre no solo debe cubrir los gastos diarios del niño, sino también cargar con el desgaste de reclamar de manera permanente una obligación básica.

El fallo remarcó que esa situación genera una sobrecarga material, emocional y judicial para la mujer, que queda obligada a sostener sola lo que debería ser una responsabilidad compartida.

La jueza dictaminó que se pague lo adeudado y tanto el progenitor como su abogado hagan un curso sobre violencia.

 

Descuento directo del sueldo y una capacitación obligatoria

Para evitar nuevos incumplimientos, la jueza ordenó que la cuota alimentaria sea retenida directamente por el empleador del progenitor. De esta manera, el dinero será descontado del salario antes de que llegue a sus manos y deberá ser destinado al sostenimiento del niño.

La resolución también incluyó otra medida fuerte: tanto el padre como su abogado deberán participar del Programa de Masculinidad y Violencia, impulsado por el Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro.

La inclusión del letrado fue uno de los puntos más llamativos del fallo. La magistrada consideró que algunos planteos realizados en la causa, aunque formaron parte del derecho de defensa, terminaron demorando el cumplimiento de la cuota y sumaron una nueva carga para la mujer.

En ese sentido, la jueza advirtió que la erradicación de la violencia de género también requiere revisar prácticas dentro del sistema judicial y modificar conductas que, aun bajo formas legales, pueden profundizar desigualdades.

Qué pasa si vuelve a incumplir

La Justicia fijó un plazo de 30 días para que el padre y su abogado acrediten el inicio de la capacitación. Si el progenitor no cumple, podrá enfrentar sanciones como multas, la suspensión de la licencia de conducir o incluso la intervención del Ministerio Público Fiscal por desobediencia judicial.

En el caso del abogado, un eventual incumplimiento será informado al Colegio de Abogados correspondiente.

La jueza también dejó una advertencia concreta: si el padre vuelve a atrasarse con la cuota alimentaria, la suspensión del carnet de conducir se aplicará de manera inmediata. La posible inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios quedará sujeta al avance de la ejecución de la deuda.

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