Neuquén
Pagó durante años por su departamento en Neuquén, no se lo entregaron y ahora deberán indemnizarla
Durante años pagó cuota por cuota con la expectativa de llegar a su vivienda propia. Tenía un departamento adjudicado en Neuquén, había abonado más del 70% del valor y aun así seguía alquilando. Ahora, la Justicia determinó que la fiduciaria que administraba el proyecto deberá indemnizarla con más de 100 millones de pesos por aplicar cláusulas abusivas y frustrar la entrega del inmueble.
El fallo fue dictado por la jueza del fuero Civil María Eliana Reynals, quien ponderó especialmente la situación de la demandante: una persona mayor, jubilada y con discapacidad. En la sentencia, la magistrada remarcó que la mujer “había planificado durante años el acceso a una vivienda y seguía alquilando”.
La mujer se incorporó en 2017 a un fideicomiso destinado a la adquisición de una unidad habitacional. El sistema funcionaba mediante aportes mensuales y, en 2019, le fue adjudicado un departamento de un dormitorio ubicado en la ciudad de Neuquén.
El problema apareció años después, cuando llegó el momento de avanzar con la entrega. Según surge del fallo, cinco años más tarde la empresa le exigió que presentara dos garantes que, además, debían firmar un pagaré por el valor total de la operación.
La jubilada intentó cumplir con ese requisito y ofreció garantes. Sin embargo, la fiduciaria los rechazó sin brindar una explicación clara. Ante esa negativa, la mujer propuso otra alternativa: constituir una hipoteca sobre el mismo inmueble como garantía real. Esa posibilidad tampoco fue considerada por la firma.
Frente a ese escenario, inició una demanda para pedir la resolución del contrato, la devolución de lo abonado, una reparación por daño moral y la aplicación de daño punitivo.
La empresa negó haber incumplido
La fiduciaria rechazó la acusación y recurrió la sentencia de primera instancia. En su defensa, sostuvo que no había incumplido el contrato y que la posibilidad de financiar el saldo pendiente dependía de que la interesada reuniera condiciones mínimas del mercado financiero y crediticio.
También afirmó que la entrega anticipada del departamento estaba sujeta a la presentación de garantías suficientes. Con ese argumento, defendió que la mujer no había cumplido con las exigencias necesarias para recibir la unidad.
Pero la jueza no aceptó esa postura. Reynals encuadró el caso como una relación de consumo y sostuvo que debía ser analizado no solo desde la Ley de Defensa del Consumidor, sino también desde las normas internacionales que protegen a las personas mayores y a las personas con discapacidad.
El fallo fue emitido por la Justicia de Neuquén.
Una cláusula que la dejaba en desventaja
Uno de los puntos más importantes del fallo fue la falta de claridad de la cláusula que regulaba las garantías exigidas para acceder al departamento. Para la magistrada, la redacción no explicaba con precisión qué tipo de garantía debía presentarse ni por qué monto.
“No es clara en cuanto a la garantía exigida ni al monto por el que ella debe ser prestada, ambos extremos operan como una dificultad adicional para la consumidora al tiempo de cumplir dicho compromiso”, sostuvo la jueza.
En términos simples, la Justicia entendió que la mujer no sabía desde el inicio cuáles eran las condiciones reales que debía cumplir para obtener la vivienda. Y que la empresa, al dejar esos requisitos abiertos o poco definidos, amplió de manera indebida sus propios derechos.
La jueza fue más allá y señaló que no resultaba admisible imponer después condiciones relacionadas con aspectos que la firma conocía desde el comienzo, como los ingresos de la consumidora o la posibilidad de contar con garantes que fueran considerados “elegibles” según el criterio de la propia empresa.
Había pagado 221 cuotas y seguía alquilando
El fallo también valoró el esfuerzo sostenido por la mujer durante varios años. No se trataba de una persona que había dejado de pagar o que había incumplido el acuerdo: de acuerdo con la documentación incorporada a la causa, había abonado 221 cuotas y realizado adelantos.
Ese monto representaba aproximadamente el 71,75% del valor comprometido. A pesar de ese nivel de cumplimiento, la jubilada no recibió el departamento y continuó alquilando, una situación que la jueza tuvo especialmente en cuenta al analizar el daño sufrido.
La sentencia remarcó que el conflicto no podía reducirse a una discusión comercial. Para la mujer, el fideicomiso representaba la posibilidad concreta de acceder a una vivienda propia después de años de pagos y planificación.
La mujer pagó puntualmente y hasta adelantó cuotas.
Una indemnización millonaria
Para calcular cuánto debía devolver la empresa, la Justicia tomó como referencia una pericia de tasación sobre el valor actual del departamento. A partir de ese valor de mercado y del porcentaje que la mujer ya había abonado, la sentencia fijó en 91.409.955 pesos la suma que la fiduciaria deberá restituir por el contrato frustrado.
Además, la jueza reconoció 5.500.000 pesos por daño moral. En ese punto, consideró probado el impacto que tuvo el incumplimiento en la vida de la demandante: la angustia, la incertidumbre y la frustración de no poder acceder a la vivienda que había pagado durante años.
A esos montos se sumó la aplicación de daño punitivo, una sanción adicional prevista para casos en los que la conducta de la empresa resulta especialmente reprochable.
No fue considerado un caso aislado
Para aplicar el daño punitivo, la magistrada tuvo en cuenta que no se trataba de un incumplimiento puntual. Según la sentencia, existió una conducta reiterada vinculada a la falta de información adecuada y al uso de cláusulas que ya habían sido cuestionadas anteriormente.
También valoró antecedentes judiciales y administrativos contra la misma firma, lo que reforzó la decisión de imponer una sanción más severa.
Con todos los rubros reconocidos, la fiduciaria deberá pagar más de 100 millones de pesos a la jubilada. El fallo marca un precedente fuerte en materia de relaciones de consumo, especialmente cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad que destinan años de esfuerzo económico a la compra de una vivienda.