Plaza Huincul
Absolvieron a los cinco acusados por la explosión en la refinería NAO de Plaza Huincul
A casi cuatro años de la tragedia que conmocionó a Plaza Huincul y a toda la región petrolera, la Justicia absolvió este martes a las cinco personas que llegaron a juicio acusadas por la explosión ocurrida en la refinería New American Oil (NAO), donde murieron los trabajadores Víctor Herrera, Gonzalo Molina y Fernando Jara.
La decisión fue tomada de manera unánime por los jueces Federico Sommer, Lisandro Borgonovo y Alina Macedo Font, quienes concluyeron que durante el juicio no se logró demostrar, más allá de toda duda razonable, cuál fue la causa exacta de la explosión ni la responsabilidad penal de los acusados.
El juicio había comenzado el pasado 14 de abril y se extendió durante varias semanas. En ese tiempo declararon 43 testigos y también expusieron cuatro especialistas que analizaron el origen del siniestro ocurrido en septiembre de 2022 en la planta ubicada en Plaza Huincul.
Familiares de las víctimas se sorprendieron con la resolución.
Qué había pedido la fiscalía
Durante los alegatos finales, el Ministerio Público Fiscal y las querellas habían solicitado condenas para cuatro de los imputados por el delito de estrago doloso agravado por la muerte de tres personas. Según la acusación, los responsables habrían actuado con conocimiento del riesgo existente dentro de la planta.
En tanto, para una quinta imputada habían pedido condena por estrago culposo agravado por el resultado de muerte, al considerar que pudo haber existido negligencia o impericia en las tareas de seguridad e higiene.
Entre los acusados había responsables del área de planta, mantenimiento, seguridad e higiene y también un auditor externo.
Las víctimas de la explosión.
El punto clave: no se pudo determinar el origen exacto de la explosión
Uno de los aspectos centrales del fallo tuvo que ver con la imposibilidad de acreditar la teoría principal sostenida por la fiscalía desde el inicio de la investigación.
La acusación afirmaba que la explosión se había producido por la ignición de vapores inflamables a raíz de una falla eléctrica dentro de la planta. Sin embargo, el tribunal entendió que esa hipótesis no pudo ser comprobada de manera concluyente.
Por el contrario, los jueces consideraron más sólida la explicación presentada por una de las peritos que intervino en el debate. Según esa especialista, el hecho podría haberse originado por una reacción interna ocurrida en el tanque 205 debido al ingreso de producto caliente durante tareas de recirculación.
De acuerdo con esa teoría, esa situación habría generado una sobrepresión dentro del tanque y posteriormente una liberación de gases que terminó desencadenando la explosión.
A partir de ese análisis, el tribunal sostuvo que no existían pruebas suficientes para afirmar que hubo un desperfecto eléctrico como causa directa del incendio y tampoco que los imputados hubieran aceptado conscientemente la posibilidad de que ocurriera una tragedia.
Los cinco imputados fueron absueltos
Con esos fundamentos, los jueces absolvieron al jefe de planta, al jefe de mantenimiento, a una licenciada en seguridad e higiene, a un auditor externo y a una técnica en seguridad e higiene.
En el caso de esta última, durante el tramo final del juicio, la acusación había sido modificada y pasó de estrago doloso a estrago culposo. Sin embargo, el tribunal igualmente resolvió absolverla.
La jueza Alina Macedo Font fue la encargada de leer los principales fundamentos del veredicto y remarcó durante la audiencia que las industrias de alto riesgo necesitan controles estatales “reales, técnicamente suficientes y efectivamente independientes”.
En ese sentido, señaló que la refinería se encontraba sometida a distintos controles de organismos públicos, aunque dejó planteada la necesidad de fortalecer los mecanismos de supervisión para prevenir este tipo de tragedias.
En la explosión hubo tres víctimas fatales.
Qué puede pasar ahora
El tribunal también resolvió que las costas del proceso sean distribuidas “en el orden causado” entre las querellas y las defensas particulares. Los jueces entendieron que los familiares de las víctimas tenían motivos legítimos para impulsar la causa judicial.
En el caso del Ministerio Público Fiscal, se dispuso que quede eximido totalmente del pago de costas.
La sentencia completa será notificada en los próximos días. Una vez que eso ocurra, tanto la fiscalía como las querellas y las defensas podrán presentar impugnaciones ante instancias superiores.