2026-04-23

Descuentos ilegítimos

La Justicia ordenó reintegrar el sueldo a una docente que sufrió descuentos tras su licencia médica

Una maestra que cursó una neumonía con licencias médicas debidamente certificadas recibió descuentos salariales que la Provincia consideró ajustados a derecho. La Cámara Laboral falló en su contra y ordenó devolver las sumas retenidas con intereses.

Una docente de Bariloche se enfermó de neumonía en agosto de 2025 y presentó los certificados médicos correspondientes para justificar sus ausencias. Cumplió con los controles, atravesó auditorías y siguió el procedimiento que el sistema le exigía. Sin embargo, cuando llegó el recibo de sueldo de septiembre, los descuentos ya estaban aplicados. Para el Ministerio de Educación, la trabajadora había superado el límite de veinte días de licencia con goce de haberes y el período siguiente debía computarse sin salario. Para ella, nunca había dejado de estar enferma.

El caso no se resolvió en los escritorios de la administración. Tras agotar la vía administrativa sin obtener respuesta favorable, presentó reclamos, solicitó la revisión del encuadre y pidió la intervención de una junta médica, la docente recurrió a la Justicia Laboral. Allí, el eje del análisis no fue si la enfermedad existía o si las licencias eran válidas: nadie lo discutió. La pregunta era otra, y más precisa: ¿correspondía fragmentar el cuadro clínico en tramos separados o debía tratarse como un proceso continuo?

La Cámara reconstruyó la evolución de la trabajadora y encontró una línea de continuidad entre la neumonía inicial, las complicaciones que siguieron y el diagnóstico psíquico que la junta médica terminó reconociendo como enfermedad de largo tratamiento. Ese reconocimiento fue el punto de quiebre del fallo: si el cuadro merecía finalmente esa clasificación con derecho a licencia paga, ese criterio debía aplicarse también al período en que se habían realizado los descuentos, y no solo hacia adelante.

El tribunal también apuntó contra el proceder de la administración. Señaló que, ante el agotamiento de la licencia común, la intervención de la junta médica debía haber sido inmediata y de oficio, sin que la carga de solicitarla recayera sobre una trabajadora que en ese momento estaba enferma. A eso se sumó otro dato que el propio Ministerio conocía: en el ámbito laboral de la docente había un caso grave de enfermedad respiratoria y ella había sido identificada como contacto estrecho, lo que activó un seguimiento sanitario específico. Ese contexto, consideró la Cámara, reforzaba la necesidad de un abordaje integral y no de una aplicación mecánica de plazos administrativos.

Con esos fundamentos, el fallo ordenó a la Provincia reintegrar las sumas descontadas más intereses. La sentencia de primera instancia aún no está firme y puede ser apelada.

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