Veredicto
Absolvieron a María Eugenia Martini y a Alfredo Milano en la causa Techo Digno
Este lunes, la exintendenta María Eugenia Martini y el exfuncionario Alfredo Milano fueron absueltos por unanimidad en el juicio en el que se los acusaba por peculado y defraudación contra la administración pública en la causa Techo Digno, por la construcción de viviendas en la ciudad.
El juez Marcos Burgos fue el encargado de leer el veredicto al que llegaron de forma unánime junto a Romina Martini y Victor Gangarrosa en la causa que investigaba los posibles delitos en el programa nacional con el que se construirían más de 800 casas.
“La conclusión que se impone no es la inexistencia absoluta de irregularidades, sino la ausencia de pruebas penalmente suficientes”, indicó el magistrado y añadió que de esta forma, mantiene vigencia el principio de inocencia para Martini y Milano.
Durante el juicio, el Ministerio Público Fiscal intentó probar que la exintendenta benefició a las empresas Alusa y Oriente con la emisión de certificados de avances inexistentes, para el desembolso del financiamiento emitido por Nación en el marco del programa Techo Digno.
Además, Milano, quien se desempeñaba como inspector de obras durante la gestión de Martini, estaba acusado de emitir dichos certificados a sabiendas de que el avance afirmado no era tal.
El exfuncionario Alfredo Milano se desempeñó como inspector de obras en la gestión de Martini. Foto: archivo Marcelo Martínez.
Para los jueces, la prueba producida por la Fiscalía no fue suficiente para probar que esto fuera así; sino, más bien, destacaron irregularidades y contradicciones entre los testigos presentados y los informes analizados, así como con los parámetros utilizados para analizar el avance de las obras.
El veredicto destacó una “ausencia de un criterio único, claro y consistente para determinar porcentajes de avance de la acusación” y sobre esto, añadió que en la prueba producida por el Ministerio Público Fiscal se tomaron diferentes valores y parámetros para evaluar los avances de las obras, lo que “genera resultados divergentes para una misma obra”.
Para el Tribunal sí se probó que existieron deficiencias administrativas en los certificados, uso de cuentas municipales para diversos programas, diferencias entre ciertos porcentajes de avances físicos de las obras, pero “la pregunta decisiva es si la prueba permite afirmar que las diferencias constatadas respondieron a una maniobra de fraude y no a un cuadro de administración deficiente, crisis financiera”.
“Sí se demuestra discrepancia entre certificaciones y auditorías, pero esto no permite afirmar que sea una maniobra ilícita y deliberada. El fraude no ha quedado demostrado”, indicaron de forma contundente.
Los jueces también tuvieron en cuenta las declaraciones de distintos testigos que se refirieron a una situación inflacionaria que perjudicó a la administración pública y generó problemas en las arcas municipales, así como a aquellos que se refirieron a los avances en las obras, analizados por diversos inspectores.
Otro aspecto fundamental para el Tribunal fue que, luego de que iniciara esta investigación, hace más de 10 años, las empresas Alusa y Oriente fueron contratadas nuevamente por el Estado para la realización de nuevas obras de viviendas. “No se puede pasar por alto”, indicaron.
Al referirse a Alfredo Milano, los jueces consideraron que “ningún testigo dijo haber recibido la orden de suscribir certificados falsos. Ninguno afirmó haber recibido directivas de Milano” y, además, destacaron que los testigos hicieron referencia a su buen desempeño.
“Se encuentra acreditado el uso de fondos específicos para otros fines, pero no que haya voluntad de lesionar el patrimonio municipal”, consideraron y volvieron a remarcar que que,bien se acreditaron diferencias, no hay pruebas que permitan sostener la acusación de la fiscalía.
Así, concluye otro capítulo de una larga causa que tardó años en llegar a juicio. De esta investigación, de hecho, se desprende una acusación contra Gustavo Gennuso, quien también enfrentó un juicio por utilizar fondos nacionales para constituir plazos fijos en cuentas municipales, aunque finalmente fue absuelto y, semanas atrás, el Tribunal de Impugnación confirmó la decisión luego de que el MPF presentara un recurso. (ANB)