Viedma
Confirman multa a una agencia de viajes por degradar la categoría de vuelo y dejar a un pasajero varado en EE.UU.
Un vecino de Viedma que había comprado pasajes a Estados Unidos a través de una plataforma de viajes terminó viviendo una odisea: voló en una categoría inferior a la contratada, enfrentó reprogramaciones, cancelaciones y llegó a pasar la noche en el aeropuerto de Dallas sin recibir asistencia ni explicaciones claras.
Ahora, la Justicia confirmó una multa contra la agencia intermediaria y ordenó una compensación económica por los daños sufridos.
El pasajero había adquirido su itinerario internacional en clase Economy Premium, que ofrecía mayores comodidades, mejor servicio a bordo y condiciones específicas de viaje. Pero, debido a cambios operativos y reprogramaciones, finalmente debió trasladarse en una categoría inferior, con menos prestaciones y un nivel de atención reducido. La situación se agravó cuando enfrentó demoras y cancelaciones que lo obligaron a dormir en el aeropuerto.
Según se desprende de la sentencia, la agencia jamás brindó información adecuada sobre los cambios en la ruta, las cancelaciones ni la degradación de la categoría. Tampoco ofreció asistencia razonable para resolver el inconveniente. De hecho, el reintegro ofrecido al usuario no alcanzaba ni el 10% de la diferencia real entre la clase pagada y la prestada.
Ante esta situación, el área provincial de Defensa del Consumidor sancionó a la empresa “Al Mundo”, decisión que la compañía apeló. Sin embargo, el fuero Contencioso Administrativo rechazó el recurso y ratificó la multa dispuesta por la Agencia de Recaudación Tributaria.
El fallo remarcó que la agencia forma parte de la cadena de comercialización, por lo que responde de manera objetiva y solidaria junto con la aerolínea, tal como establece la Ley de Defensa del Consumidor. También evaluó su conducta particular: no acreditó haber informado de manera “cierta, clara y detallada” los cambios del contrato, como exige la normativa, ni haber dado respuestas concretas ni alternativas viables al pasajero.
Por estos motivos, el Poder Judicial confirmó la sanción equivalente a tres canastas básicas y mantuvo el daño directo de 2.000 dólares, destinado a cubrir la diferencia entre la clase pagada y la efectivamente utilizada.
La indemnización deberá ser convertida a pesos al momento del pago según el tipo de cambio oficial vigente. (ANB)