Resolución
Conflicto en una copropiedad: ordenan desmantelar reformas que bloqueaban la luz natural
Obras y trabajos de reformas en una copropiedad dieron inicio a un conflicto que terminó en la Justicia con un fallo a favor de dos mujeres que presentaron la demanda. Ahora, el hombre demandado deberá desmantelar las reformas realizadas en el lugar.
El conflicto se mantuvo durante años y fue intensificándose con cada obra que el hombre realizaba y complicaba al uso de espacios comunes o perjudicaba a las otras viviendas.
El inmueble en cuestión, está dividido en unidades funcionales. En la zona correspondiente a la vivienda delantera se habían colocado chapas, media sombra y vegetación que bloqueaban una ventana de la unidad posterior. También se instaló un portón que impedía el libre tránsito por un acceso compartido. Además, se dificultaron intervenciones de mantenimiento por la negativa a permitir el ingreso a zonas comunes.
Ante esta situación, las mujeres afectadas iniciaron una demanda para exigir el cumplimiento del reglamento de copropiedad, que impone el deber de respetar visuales, permitir reparaciones necesarias y no obstaculizar áreas de uso compartido. En el reclamo también solicitaron el retiro de las estructuras colocadas sin consentimiento.
El hombre acusado negó los hechos. Afirmó que algunas intervenciones eran provisorias, otras habían sido acordadas, y atribuyó el conflicto a desacuerdos personales.
Sin embargo, el juez interviniente remarcó que el reglamento de copropiedad tiene carácter contractual. Recordó que, según el Código Civil y Comercial, ninguna persona puede alterar un espacio común ni afectar derechos de terceros sin autorización legal.
Una pericia técnica resultó clave. La arquitecta verificó que las reformas limitaban la entrada de luz y la visual, que el portón restringía el paso por un pasaje común, y que la negativa a permitir una reparación por humedad no tenía justificación técnica.
El fallo ordenó retirar las construcciones irregulares, restituir las condiciones originales en un plazo de 20 días y permitir el acceso por los sectores comunes. En caso de incumplimiento, la parte afectada podrá ejecutar las tareas a su cargo, con gastos imputables al responsable.