2023-08-02

Fallo judicial

Murió el vendedor de un terreno y los herederos deberán indemnizar a los compradores

Los herederos decían que la firma en el boleto de compraventa era falsa, pero tendrán que devolver la plata.

Un matrimonio de Bariloche, que compró un terreno y pagó en dólares, enfrentó un problema cuando el vendedor falleció y sus herederos desconocieron la venta. La esposa y el hijo del vendedor argumentaron que la firma del boleto de compraventa era falsa. Ante esta situación, los compradores decidieron presentar una demanda para hacer valer sus derechos.

De acuerdo con el contrato de compraventa, la escritura debía realizarse dentro de los 90 días posteriores a la aprobación del plano de mensura correspondiente, ya que la unidad de superficie adquirida estaba afectada a un trámite de propiedad horizontal. Sin embargo, tras la muerte del vendedor, los herederos paralizaron los trámites, lo cual quedó constatado en informes del Municipio.

El juez Mariano Castro tomó el caso y tras un minucioso análisis de las pruebas presentadas, emitió un fallo favorable a los compradores. En el expediente se realizaron pericias caligráficas y se tomaron testimonios, entre ellos la declaración del arquitecto que había presenciado la operación de compra-venta y que confirmó la autenticidad de la firma del vendedor en el boleto.

Los herederos del vendedor negaron la operación inmobiliaria en su respuesta a la demanda y alegaron que la firma en el boleto no pertenecía a su familiar fallecido. No obstante, las pericias caligráficas realizadas concluyeron que las firmas en el boleto y los recibos correspondían al vendedor original.

La sentencia destacó que los compradores no tenían ninguna responsabilidad en relación a los trámites de mensura ni de cualquier otro relacionado con el proyecto de subdivisión del inmueble, ya que no asumieron ninguna obligación al respecto. Además, se enfatizó que el vendedor debía cumplir con todas las obligaciones complementarias para otorgar la escritura.

En conclusión, el tribunal consideró que los herederos del vendedor incurrieron en mora en el cumplimiento de su obligación de otorgar la escritura, por lo que deberán resarcir a los compradores con la devolución del monto pagado y los intereses correspondientes. Esta sentencia pone fin a una larga disputa legal y garantiza la protección de los derechos de los compradores afectados por las demoras en la escrituración del terreno.

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