¿Cómo regularizar los terrenos por la Ley Pierri?
El Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social (IMTVHS) comunica que a partir del jueves 12 de marzo se reanudará la atención para los interesados en regularizar sus terrenos por Ley Pierri.
Para mejorar la calidad en el asesoramiento y recepción de documentación a los vecinos, la atención personalizada se realizará los días jueves y viernes, en el horario de 8.30 a 12.30 hs, en 24 de septiembre Nº 12. La misma será por orden de llegada y se desarrollará en forma continua en los días y horarios informados.
¿Qué es la Ley Pierri?
La Regurización Dominial según Ley 24374 o “Ley Pierri” es un régimen que permite regularizar su propiedad a los ocupantes de buena fe de inmuebles urbanos, destinados a vivienda única, que acrediten su ocupación con causa lícita, en forma pública, pacífica y continua, con anterioridad al 1 de enero de 2006.
Requisitos para acceder a la ley Pierri:
– Posesión pública, pacífica y continua del inmueble con anterioridad al 01 de enero de 2006.
– Destino excluyente para vivienda única y permanente.
– No tener otras propiedades a nombre del titular que se presenta para la ley Pierri.
– Causa lícita de posesión, que no existan causas judiciales vigentes al inmueble.
– Quedan excluidos los inmuebles del estado Municipal, Provincial o Nacional.
Documentación requerida para el inicio del trámite:
– Plano de mensura.
– CUIL del solicitante.
– Fotocopia de los DNI del ocupante y del grupo conviviente.
– Fotocopia partida de matrimonio o declaración jurada de unión de hecho.
– Documentación que acredite la posesión. Pueden ser certificaciones de escolaridad, libretas sanitarias, boletas de servicios, impuestos o tasas, boleto de compra-venta, cesiones de derecho, etc.