Violencia de género: presentan las pruebas contra un hombre que golpeó a su expareja
El Martín Govetto presentó los elementos de prueba en los que ha de valerse en el juicio que se llevará a cabo en contra de un imputado por lesiones leves calificadas por el vínculo a su expareja. Arribó a tal instancia más allá de las consideraciones de la víctima y destacó que el Estado tiene la responsabilidad de intervenir por razones de interés público en este tipo de temáticas.
El defensor particular del imputado en su momento, sostuvo que la víctima no se hizo presente en la audiencia pero en cambio tenía la constancia de un correo electrónico en el que ella manifestaba no querer continuar con la acción penal.
El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la presentación del defensor considerando que la constancia de correo electrónico no es un elemento probatorio suficiente de la voluntad de la víctima. Expresó además que la mujer es abogada y conoce perfectamente las responsabilidades del Estado para continuar este trámite.
El fiscal Govetto junto al equipo de trabajo de la Unidad Fiscal de Delitos contra las personas, presentó como material probatorio diversos testimonios e informes periciales.
El Juez de Juicio Gregor Joos al momento de resolver lo expuesto por las partes, manifestó que los hechos denunciados constituyen un delito de instancia privada, pero ocurridos en un contexto de violencia de género y deben ser ponderados por el Ministerio Público Fiscal, titular de la acción penal. Consideró válida y correctamente sustanciada la acusación. La defensa del imputado no presentó cuestionamiento alguno a la misma.
Realizó igual consideración para el encuadre propuesto que se corresponde con la formulación de cargos. Por último solicitó a la Oficina Judicial que fije fecha para la realización del juicio ante un tribunal compuesto por un sólo magistrado considerando el monto de la pena.
El hecho que se le atribuye
El mismo ocurrió el 9 de abril de 2017, aproximadamente a la hora 20,45, en la vía pública, cuando la denunciante se encontraba transitando por la calle Onelli y fue interceptada por su expareja. En esas circunstancias, la empujó contra un portón de garaje, donde se produjo un forcejeo y luego le aplicó un golpe de puño en el mentón. Acto seguido el hombre se alejó con la intención de subirse a una motocicleta, (que se encontraba estacionada en el cordón de la vereda) la que empujó hacia ella, lo que ocasionó que el rodado cayera sobre la víctima y le golpeara sus piernas.
Como consecuencia de dicho accionar, la mujer sufrió lesiones en la cara y piernas. Los hechos descriptos constituyen el delito de lesiones leves calificadas por haber mediado una relación de pareja, (de acuerdo a lo normado en los artículos 89 y 92 en función de la remisión del art. 80 inc. 1 del Código Penal) en calidad de autor. (ANB)