2017-05-12

14 años de prisión por matar a un hombre afuera de un bar

El hecho se produjo en junio de 2016. La víctima murió producto de las numerosas puñaladas recibidas.

Jorge Alejandro Crespo fue condenado a 14 años de prisión por ser el autor del asesinato de Ricardo Villanueva, excombatiente de Malvinas.

El 11 de junio de 2016 en el interior del bar nocturno “Rossi”, ubicado en Anasagasti 1131, Crespo tuvo un altercado con Antonio César Nuñez y Oscar Alfredo Storti, recibiendo este último de parte de Crespo un golpe en la nariz que le produjo un sangrado. Por tal motivo, Crespo fue retirado del local por personal que trabajaba en el lugar y se dirigió a su camioneta,  que estaba estacionada frente al local y sacó un arma blanca tipo cuchillo con el que volvió a ingresar al local, ocasión en que le propinó a Storti un puntazo debajo de la tetilla izquierda.

Cuando Crespo fue retenido, los otros involucrados se retiraron del local, pero el hombre logró zafarse y en el exterior se fue hacia Storti quien logra subir al auto de Nuñez. Villanueva se dirigió hacia su camioneta, desde donde extrajo un arma de fuego de puño "Bersa"con la cual efectuó,  al menos,  tres disparos disuasorios hacia el suelo en dirección a Crespo, uno de los cuales impactó en su pierna derecha.

Crespo en modo alguno desistió su actitud agresiva y continuó acercándose a Villanueva realizando movimientos de corte con el cuchillo, hasta asestarle varias puñaladas, continuando la agresión hasta la calle Ruiz Moreno a la altura del numeral 635, en donde finalmente Villanueva cayó.

El hombre recibió múltiples heridas de arma blanca que posteriormente le causaron la muerte por un shock hipovolémico. Una herida cortante de 7 centímetros aproximadamente en la axila izquierda  fue la lesión que causó la muerte.

Crespo se escapó inmediatamente, pero no conforme con las agresiones, colisionó intencionalmente el vehículo de Antonio Núñez en las inmediaciones de las calles Ruiz Moreno y Anasagasti, ocasionándole daños por choque en el paragolpes delantero, puertas del costado izquierdo y óptica delantera izquierda.

En el fallo, el Tribunal señala además que Crespo no había ingerido una cantidad de bebidas alcohólicas que le impidieran comprender lo que estaba haciendo. (ANB)

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