Ordenan a Ipross a brindar audífonos para mujer con hipoacusia neurosensorial
El juez Santiago Morán hizo lugar a un recurso de amparo presentado por una afiliada de Ipross y ordenó a la obra social a que en el término de diez días “arbitre los medios necesarios para la puesta a disposición de los audífonos requeridos”.
Desde el Poder Judicial informaron que el pedido fue realizado por una mujer a quien su médica indicó el uso de audífonos, debido a que padece una discapacidad por "hipoacusia neurosensorial bilateral" que provoca pérdida de equilibrio e hipersensibilidad a ciertos ruidos, además de otras dificultades en su desenvolvimiento cotidiano.
Luego de realizar los trámites correspondientes y ante la no entrega de los mismos acudió a esta vía en pos de la integridad de su estado de salud.
“Corresponde hacer lugar al amparo, tanto el artículo 43 de la Constitución Nacional como el artículo 43 de la Constitución de la Provincia de Río Negro contemplan la acción de amparo para proteger y garantizar los derechos y libertades fundamentales, más allá de establecer diferencias en cuanto a las formas o a los requisitos de procedencia”, señaló Morán entre sus argumentos.
El magistrado remarcó que “nuestra Constitución Provincial dispone que la salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana”. “Los habitantes de la Provincia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual, debiendo cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad...Los medicamentos son considerados como bien social básico y fundamental. La autoridad pública implementa un vademécum y las medidas que aseguren su acceso a todos los habitantes”, añadió. (ANB)