Un consorcio deberá pagar una indemnización por la muerte de una niña
El juez en lo Civil y Comercial Cristian Tau Anzoátegui condenó a un consorcio de copropietarios de edificio, a una empresa de ascensores, su técnico, y a dos empresas de seguros, a pagar concurrentemente en el plazo razonable y usual de diez días corridos a dos vecinos de esta localidad la suma indemnizatoria en concepto de capital más intereses moratorios en demanda por daños y perjuicios. El monto incluye daño patrimonial y pérdida de posibilidad de ayuda futura, daño moral y psicológico.
El hecho ocurrió en 2008, cuando una madre salía con sus dos pequeñas hijas del departamento donde vivían, ubicado sobre Villegas. Mientras la mujer cerraba la puerta de su vivienda, las niñas fueron a llamar al ascensor, pero una de ellas abrió la puerta cayó al vacío. Días después, la nena de 2 años falleció como producto de las heridas recibidas.
En la causa hubo peritajes que señalaron varias fallas en el ascensor, como el excesivo espacio que existía entre la puerta exterior del ascensor y la puerta de la caja; el patín móvil que está instalado directamente sobre el marco de la puerta; y el interruptor eléctrico que se puede trabar. Estas causas determinaron que la culpa no fue de la víctima ni de causas fortuitas. (ANB)