2014-11-28

Municipio paga 60 mil pesos por juicio laboral de ex funcionaria de Goye

Se desempeñaba como Directora de Comunicación. Como el resto de los funcionarios políticos, se la separó del puesto cuando Goye fue revocado del cargo por voto popular. Litigó y la Justicia hizo lugar al pago de la liquidación.

Cuando promediaba el mes de febrero de este año, la Cámara Laboral de Bariloche hizo lugar "en forma parcial" a una demanda laboral presentada por una ex funcionaria política de la gestión de Omar Goye. Como el resto de los funcionarios durante la gestión del ex Jefe Comunal, fue removida de su puesto luego que el Intendente fuera revocado de su cargo por voto popular.

Si bien la Cámara Laboral rechazó la demanda (presentada por la ex funcionaria) por indemnización contra el Estado Municipal, hizo lugar a la liquidación correspondiente. Hace pocas horas, a través de una Resolución, se constató que esa liquidación se traduce en un desembolso de 60 mil pesos (a pagar en 6 cuotas mensuales) que deberá afrontar la comuna. A esa cifra, se suma la regulación judicial de honorarios del abogado de la ex contratada porGoye, que asciende a casi 12 mil pesos, también a pagar en cuotas por el Municipio.

En el fallo de la Cámara Laboral, sus miembros -Marina Venerandi, Juan Lagomarsino y Rubén Marigo- desestimaron los grandes trazos del reclamo efectuado por la ex Directora General de Comunicación Institucional, por considerar que el Municipio la designó "dentro de la planta funcional política -a partir de diciembre de 2011- y resolvió -por atribuciones otorgadas por la Carta Orgánica Municipal- remover a funcionarios de planta política en diciembre de 2012".

En un mismo sentido, entendieron que "no se violó normativa" porque "la decisión del Ejecutivo quedó en suspenso hasta la plena realización de un derecho adquirido por la funcionaria -el uso pleno de la licencia por maternidad, previamente otorgada-, ya que nunca gozó de estabilidad propia del empleado público, por el carácter político de su designación, y la licencia otorgada no transformó ni mutó el carácter del nombramiento", evaluaron, según informó Prensa del Poder Judicial.

En tanto, le negaron la petición, dirigida al Municipio, de "indemnizaciones por despido", que incluía el pedido de reconocimiento de antigüedad, preaviso e integración, agravada por maternidad. Tampoco se hizo lugar a un reconocimiento de una "indemnización autónoma por despido por causa de maternidad" ya que "la clara motivación de la remoción fue la suspensión en el cargo del ejecutivo municipal y consecuente alejamiento de la totalidad de la planta política designada por el suspendido intendente Goye y no un acto discriminatorio contra la actora".

No obstante, como se mencionó, la Justicia sí reconoció a la funcionaria política la asignación salarial del período por licencia por maternidad, y condenó a la Municipalidad a "abonar la suma resultante de la liquidación que la demandada deberá practicar y abonar, con los intereses correspondientes". La resolución, reconoce el derecho al goce de la asignación y licencia por maternidad de la peticionante, quien se desempeñó como Directora General de Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaria Privada de Gobierno.

La causa se inició con la presentación realizada por la empleada, quien asumió en su cargo convocada por Goye. En su presentación, se consigna que en abril del año 2012, la funcionaria se embarazó, por lo que procedió a notificar al Municipio a través del Departamento de Personal (Dirección de Salud Laboral), conforme planilla ingresada al "Departamento de Medicina", en la que constan todos los datos pertinentes. Inició su licencia por maternidad el día 1 de diciembre de 2012, y previo a esta fecha tomó 14 días corridos correspondientes a vacaciones de tal año.

Oportunamente, la funcionaria, estando de licencia, solicitó se aclare su situación laboral e impugnó la resolución que la dejaba al margen de la estructura municipal emanada por el Intendente Goye, bajo apercibimiento de considerarse "injuriada y despedida por exclusiva culpa del empleador".

La Municipalidad de Bariloche, al contestar la demanda, efectuó una negativa puntual de los hechos señalados por la funcionaria. Aclaró el municipio que la designación se realizó en base a las atribuciones que posee el Intendente municipal conforme lo reglado en la Carta Orgánica Municipal. En este sentido señaló que la ex-funcionaria ingresó a la estructura municipal como funcionaria de carácter político, por lo no le es aplicable el Estatuto de Obreros y Empleados Municipales como expresamente ella lo reconoce en su demanda y tampoco le es aplicable Ley de Contrato de Trabajo. (ANB)

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