Justicia intima a Salud para que provea medicamentos a un paciente
De acuerdo a los antecedentes de la causa, el joven requiere "urgente" tratamiento por una enfermedad que le provocó insuficiencia renal y pulmonar crónica. "Ha requerido en innumerables oportunidades la medicación indicada al Hospital sin obtener respuesta", se detalló en un parte de prensa del Poder Judicial.
Asimismo, se indicó que si bien se requirió un informe al Ministerio de Salud, dicha entidad no respondió al mismo, por lo que el Tribunal se amparó en la Constitución Provincial, que en su artículo 42 cita: ""La salud es un derecho esencial y un bien social que hace a la dignidad humana. Los habitantes de la Provincia tienen derecho a un completo bienestar psicofísico y espiritual, debiendo cuidar su salud y asistirse en caso de enfermedad...Los medicamentos son considerados como bien social básico y fundamental. La autoridad pública implementa un vademecum y las medidas que aseguren su acceso a todos los habitantes".
Al respecto, el Juez Serra afirmó que "habiendo el Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro guardado silencio ante el requerimiento de la medicación, indicada por el especialista en Nefrología tratante en el Hospital Zonal, corresponde hacer lugar a la acción intentada, en modo alguno puede truncar un derecho humano esencial, como es la preservación de su salud. Cabe señalar que la circunstancia motivo del amparo se mantiene conforme lo ha indicado la madre del paciente. A través de comunicaciones telefónicas ha informado que no obstante los reiterados requerimientos la medicación no ha sido provista y no se le ha informado fecha presunta de entrega".
"Creo necesario dejar constancia que lo resuelto no implica inmiscuirse en ámbitos de competencia exclusiva de la administración, ya que sólo me he limitado a constatar la existencia una afección que requiere una intervención urgente", señaló el magistrado.