2013-09-23

Revés al reclamo judicial de Mazzaglia por su suspensión

El Procurador General subrogante rechazó el pedido oportunamente realizado por el ex Defensor del Pueblo para ser suspendido en su cargo. Ese dictamen negativo, podría ser tenido en cuenta por el Superior Tribunal de Justicia, última instancia legal de tratamiento de la solicitud de Mazzaglia. El ex funcionario accionó legalmente contra el Municipio, que lo desplazó tras denuncias de "maltrato laboral".

No avanzaría la acción judicial que presentó Vicente Mazzaglia contra el Municipio por su suspensión en el cargo. El Procurador General subrogante, Marcelo Álvarez, emitió un dictamen negativo sobre la solicitud de "inconstitucionalidad" de lo actuado por el Municipio, presentado por el ex Defensor del Pueblo.

Oportunamente, el Concejo Municipal definió separar en tres oportunidades consecutivas y hasta el fin de su mandato a Mazzaglia, tras la presentación de denuncias por "maltrato laboral", en su contra.

Ante ese accionar, Mazzaglia cuestionó las Ordenanzas, a través de sus abogados Julio Ricardo Meneses y Juan Carlos Chirinos, quienes interpusieron un demanda contra la Municipalidad para que se declare la Inconstitucionalidad de la ordenanza 2297-CM-12, por la que se decidió suspenderlo provisoriamente en el ejercicio de sus funciones por el termino de 90 días.

Según informó la agencia ADN, los letrados también cuestionaron la ordenanza Nº 2323-CM-12, promulgada el 6 de setiembre de 12, por la cual –y en virtud de haberse vencido el plazo previsto en la ordenanza anterior- se impuso una nueva suspensión de 90 días hábiles a Mazzaglia; así como la tercera ordenanza que extendió el plazo hasta el fin del mandato.

En una de las instancias del proceso, las partes formularon sus alegatos, manteniéndose en sus posturas. Es así que Meneses y Chirinos solicitaron al Superior Tribunal de Justicia que se declare la inconstitucionalidad de las ordenanzas Nº 2323-CM-12, Nº2297-CM-12- y Nº 2378-CM-13; mientras que por la Municipalidad de Bariloche se presentó la apoderada, María Laura Loureyro, reiterando en líneas generales los argumentos que venía exponiendo, en virtud de los cuales entiende que la demanda debe ser rechazada, a los que añadió que la demanda debe ser declarada abstracta en virtud que ha sido designado un nuevo Defensor del Pueblo.

Por ordenanza 2390-CM 2013, sancionada el 9 de mayo pasado, se designó a Andrea Fabiana Galaverna en el cargo.

Siempre según la agencia ADN, al analizar la acción de inconstitucionalidad, el Procurador General subrogante Marcelo Álvarez estimó que "la declaración de inconstitucionalidad de una ley es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerada como última ratio del orden jurídico. En función de ello, a quien alega la inconstitucionalidad de una norma le corresponde fundamentalmente demostrar de manera cabal de qué manera ésta contraría la Constitución, amén de otros requisitos, como es el caso", fundamentó el Procurador General subrogante.

Observó que la presentación de Mazzaglia "no logra evidenciar y mucho menos probar de qué modo la normativa atacada, desconoce o vulnera los postulados constitucionales denunciados".

Álvarez concluyó que "... atendiendo a la delicada tarea que significa el declarar que la normativa colisiona con la Constitución y habida cuenta de la insuficiencia de los fundamentos y la inexistencia de demostración de la afectación de todos y cada uno de los preceptos invocados como violados; en mi opinión, se debe rechazar la acción de inconstitucionalidad presentada". (ANB - fuente ADN)

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