Causa por saqueos no llegará a la Corte
Los jueces Sergio Barotto, Enrique Mansilla y Francisco Cerdera determinaron "declarar formalmente inadmisible el recurso de casación deducido por el doctor Edgardo Corvalán en representación de José Ramón Paredes y de Miguel Ángel Mansilla, respectivamente", y confirmaron "la sentencia interlocutoria Nº 10/13 de la Cámara Primera en lo Criminal de Bariloche".
Con el voto rector, Barotto sostuvo, en cada sentencia, que "el ámbito de conocimiento de este Cuerpo se halla limitado a pronunciarse respecto de la admisibilidad del remedio articulado, es decir, su concesión o denegación, para lo que debe efectuar un análisis preliminar tendiente a verificar la presencia de los requisitos formales propios.Al respecto, advierto que la parte no ha dado cumplimiento adecuado a la totalidad de los requisitos formales contenidos en el marco reglamentario establecido en la Acordada ° 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo cual obstaculiza por sí solo la habilitación de la instancia pretendida."
"En conformidad con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, este Superior Tribunal de Justicia debe expedirse sobre la admisibilidad del recurso extraordinario federal de manera circunstanciada, tarea en la cual ha quedado demostrado que la impugnante no cumple con la totalidad de los requisitos reglamentarios contemplados en la Acordada Nº 4/07 del máximo Tribunal, ni rebate con eficacia las conclusiones vertidas en la resolución que impugna, dado que su crítica se limita a cuestionar aspectos ya analizados y decididos por este Cuerpo, sin aportar argumentos suficientes para demostrar la hipotética conculcación de los derechos que alega", agregó.
"Tampoco acredita la arbitrariedad de la sentencia puesta en crisis, todo lo que obstaculiza el progreso de los agravios. Por las razones que anteceden, propongo al acuerdo denegar el recurso extraordinario federal interpuesto", indicó el juez.