2013-06-12

Hoy es el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil

En esta importante jornada, desde la Fundación Petisos se refirieron al trabajo infantil en el ámbito doméstico, el cual "suele ser muy difícil de detectar". En un documento, que se publica textual, aseguraron que esta modalidad "tiene muchos peligros", como "jornadas laborales largas y agotadoras, el uso de químicos tóxicos, el transporte de cargas pesadas, la manipulación de objetos peligrosos y el abuso sexual", entre otros.

El 12 de junio se ha denominado por la Organización Internacional del Trabajo como el día de la erradicación del trabajo infantil. En este sentido, PETISOS es una organización cuyo origen tiene que ver directamente con esta problemática, y si bien nuestras acciones actuales se dan el marco global de la realización de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en este día siempre nos sumamos al movimiento mundial.

Desde el año 2006 venimos realizando diversas actividades de incidencia en la comunidad con motivo de este día. En este año, el lema es: No al trabajo infantil en el trabajo doméstico!

Las tareas domésticas efectuadas por niños en su propio hogar, en condiciones razonables y bajo la supervisión de personas cercanas a ellos, son una parte integrante de la vida familiar y de su desarrollo, es decir, algo positivo. Sin embargo, en algunos casos, se ha manifestado preocupación respecto a ciertas situaciones en las que tales cargas de trabajo interfieren con la educación de los niños o pueden ser excesivas, en cuyo caso dicha situaciones podrían ser equivalentes al trabajo infantil.

El trabajo doméstico suele ser muy difícil de detectar porque se da en ámbitos privados, forma parte además, de prácticas muy instaladas en algunas sociedades donde se le equipara a una tarea de formación para la vida. Sin embargo, y al ser una actividad en la que casi se utilizan niñas para llevarla a cabo, tiene muchos peligros como por ejemplo: jornadas laborales largas y agotadoras; el uso de químicos tóxicos; el transporte de cargas pesadas; la manipulación de objetos peligrosos, como cuchillos, hachas u ollas; alimentación y alojamiento insuficientes o inadecuados; el trato humillante o degradante, incluyendo violencia física o verbal y el abuso sexual.

Los riesgos aumentan cuando el niño vive en el domicilio del empleador. Estos riesgos deben ser evaluados dentro del contexto de la privación de los derechos fundamentales del niño, como por ejemplo, el acceso a la educación y a la atención médica, el derecho a descansar, a tener tiempo libre, a jugar y a realizar otras actividades recreativas, así como el derecho a recibir cuidados y a tener contacto regular con sus padres y amigos.

Estos factores pueden tener un impacto físico, psicológico y moral irreversible en el desarrollo, salud y bienestar del niño.

Por otro lado, una excelente noticia para nuestro país es que el día 20 de marzo de 2013 fue aprobado por unanimidad en el Senado de la Nación Argentina el proyecto de ley que tipifica la explotación del trabajo infantil como delito penal. El proyecto modifica el Código Penal al incorporar el artículo 148 bis por el cual se establece: "Será reprimido con prisión de 1 (uno) a 4 (cuatro) años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente". Además el texto sancionado expresa que no serán punibles el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta. En este sentido la intención de la penalización no es culpabilizar a las familias que recurren al trabajo de los niños como estrategia de supervivencia en contextos en que la pobreza es un factor determinante. La ley recae sobre aquellos empresarios que- aprovechando esta situación de vulnerabilidad- utilizan la mano de obra infantil para enriquecimiento propio y que hasta el momento son sancionados con el pago de multas. La aprobación de la presente ley marca un precedente en la región y amplía el abanico de normas vigentes en nuestro país.

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