Pileta: acuerdan que no hubo "práctica discriminatoria" contra un niño
Tras la denuncia presentada ante el INADI por la madre de un niño de 11 años -diagnosticado con disfasia epiléptica- al que se le habría "prohibido la entrada" a una pileta privada, la mujer llegó a un acuerdo con los propietarios del complejo. En el marco de una audiencia de mediación comunitaria, realizada por el Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y el Racismo (INADI), se convino entre las partes, que "no se habrían perpetuado prácticas discriminatorias". Es decir, que según lo establecido por la Ley de Actos Discriminatorios, "no habría existido una restricción al acceso de un derecho con el pretexto de que es una persona con discapacidad, su condición no es ni un agravante, ni un atenuante", según detalló a ANB la psicóloga integrante de la Delegación INADI Río Negro, Roxana Amendolaro. Por lo tanto, y ante el acuerdo entre partes, prescribió la actuación del organismo en el caso.
En primera instancia la madre del niño, Carina Muratti, expuso en la audiencia de INADI el episodio ocurrido el pasado 7 de mayo. Relató que su hijo, Santiago, asistió a la pileta del Resort Rupu Pehuen con su acompañante terapéutica durante dos meses, pero el día mencionado se le negó el acceso a ambos.
Por su parte, la gerenta del complejo turístico -quien asistió a la audiencia junto a uno de los propietarios del establecimiento y su abogado-, explicó que "no existió un problema puntual con el niño, sino con su acompañante, quien no se ajustó a la reglamentación del lugar e interfería en el dictado de clases habituales y ejercicios", según precisó Amendolaro.
La normativa de la pileta, incluye la obligación de compartir el espacio con otros niños con discapacidad, que tomaban clases. Según expuso la gerenta del resort en la audiencia de INADI, el inconveniente por la negativa de la acompañante terapéutica se repitió en varias oportunidades. Incluso la profesional habría pedido "que le dejen un espacio especial".
Esas desinteligencias entre la acompañante y la habitual disposición de la pileta (tiempo y espacio), profesores y clases regulares, habrían derivado en la decisión de la empresa de reservarse el derecho de admisión de Santiago y su terapeuta.
Luego de las explicaciones pertinentes, Carina Muratti, decidió firmar el acta del acuerdo y se convino que Santiago y su acompañante pueden volver a utilizar las instalaciones de Rupu Pehuen, "si toma las clases de natación habituales en la pileta, incluso acompañado por su terapeuta". Hasta el momento no lo hicieron, y estarían asistiendo a otro establecimiento.
Oportunamente, en diálogo con ANB, Muratti había sostenido que tuvo un entredicho con la gerenta del lugar -presenciado por Santiago-, y que le había argumentado que la prohibición del ingreso -presuntamente ordenada por uno de los propietarios del establecimiento-, respondía a que la acompañante "le estaba dando clases" al niño, en la pileta.
Si bien la audiencia de mediación comunitaria de INADI no es vinculante -y extrajudicial-, y las partes participaron por propia voluntad, la firma del acuerdo no implica que Muratti no pueda utilizar otras vías legales para continuar con su reclamo.
De hecho, está pendiente de resolución la presentación de la madre en la Municipalidad, por la presunta ausencia de seguro y guardavidas en la pileta del complejo turístico. (ANB)