Mazzaglia, crítico con la "investigación" por denuncias de maltrato
Mazzaglia, crítico con la "investigación" por denuncias de maltrato
El suspendido Defensor del Pueblo volvió a criticar el proceso llevado adelante por el Concejo Municipal y el área de Medicina Laboral. Insistió en que no es responsable por las denuncias de maltrato, y pidió hacer públicos todos los documentos relacionados con la investigación. Mañana el Concejo lo suspendería de manera definitiva. El proceso se judicializará.
La inminente suspensión de Vicente Mazzaglia hasta el fin de su mandato como Defensor del Pueblo camina hacia la judicialización. Si bien los plazos de Tribunales generará que en la práctica Mazzaglia no vuelva a asumir en su cargo, lo cierto es que la actuación del Concejo Municipal -que mañana suspenderá por tercera vez al Defensor- será analizada por la Justicia.
Tal como anticipó ANB, este martes los ediles basarán su resolución en un Dictamen del área de Medicina Laboral -organismo de la Secretaría de la Función Pública- que, según explicaron, fue elevado la semana pasada al Concejo. Sumarán también el aporte del trabajo realizado por el INADI. Ambos documentos son concluyentes en cuanto a señalar a Mazzaglia como responsable de actos de maltrato laboral y de género, que provocaron las denuncias correspondientes.
Pero para el suspendido Defensor del Pueblo, el resultado de esos informes son "profecías autocumplidas".
Según señaló en un escrito remitido a ANB, la base del informe de Medicina Laboral "no llegó ahora", sino el 24 de mayo de 2012, aunque se le añadió documentación nueva.
Mazzaglia cuestiona que no tuvo acceso a la documentación derivada de la investigación, y en esas condiciones, no pudo ejercer su derecho de defensa.
"Lo que nunca se había hecho era la entrega de copia del expediente a mi persona (se me entregó copia el 26 de diciembre), ni por el área de Medicina Laboral, cosa que sucedió el 27 de noviembre de 2012. Esto es que desde el 20 de abril hasta la primera convocatoria que la autoridad de aplicación me realizara y se me entregara documental por primera vez, pasaron 8 meses, aún cuando la Ordenanza 2245-CM-11 explicita entre las obligaciones del Estado Municipal que se debe 'garantizar un procedimiento administrativo adecuado y efectivo tendiente al cumplimiento de los objetivos de la presente ordenanza. A tal fin, deberá resguardar la exposición, confidencialidad, y el derecho de defensa en dicho proceso'".
Para Mazzaglia, "analizando entonces lo dicho a la luz de lo que manda la Ordenanza puede deducirse que se han visto afectado aspectos fundamentales del espíritu de la misma y de leyes nacionales y principios constitucionales básicos". En ese sentido, cuestionó la difusión que se dio a su caso, así como la falta de acceso a la documentación.
"Hasta el día 26 de diciembre se me ha negado el derecho a defensa en este proceso", concluyó.
El suspendido Defensor entendió que en el expediente, "no se encuentra texto de acusación, pruebas ni argumentos expuestos por las acusadoras, sino informes elaborados por las profesionales de la Dirección de Salud Laboral".
Desmintó "en forma categórica y absoluta las conductas y acciones que allí se describen", y planteó: "Como en una profecía autocumplida las conclusiones del informe acerca de mi persona de Medicina Laboral no son más que una descripción psicológica 'lombrosiana' absurda y de mala calidad, en dond,e según esa caprichosa interpretación, yo era e iba a ser culpable de todo cuanto se me acusara, porque soy capaz de realizar todo lo malo, siempre en potencial o presuntivamente por supuesto, nunca una certeza más comprobable como en medicina lo es un ECG o un análisis de sangre".
Mazzaglia informó que presentó su respuesta -un texto de 20 páginas y 57 adjuntos-, y anticipó que judicializaría el proceso con la intención que se "libere el secreto profesional y confidencialidad".
"También será recurrida a la justicia la actitud de los miembros de Medicina Laboral", adelantó.
"Igualmente tendencioso y mal intencionado -dijo- es el dictamen del INADI en donde luego de convalidar los testimonios en mi contra, se puede leer que únicamente en referencia a los testigos de mi parte lo siguiente: 'Por otro lado, de la lectura de las declaraciones testimoniales de fojas 91/3 y 94/6 se advierte un cierto grado de parcialidad en el relato de los hechos, que a su vez no coinciden con los hechos expuestos por los otros testigos del mismo ámbito laboral, y que tal vez tenga su explicación en que ambos deponentes parecieran ser personas cercanas al denunciado restándole tal circunstancia, a criterio de esta asesoría, valor probatorio a sus testimonios'. Sin palabras. Brutal", concluyó.
Finalmente, se puso a disposición de "evaluaciones psicológicas externas consensuadas y consultadas en calidad profesional". (ANB)