El Senado aprobó la reforma de la Ley de Salud Mental y habilitó las internaciones involuntarias con aval médico | ANBariloche
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El Senado aprobó la reforma de la Ley de Salud Mental y habilitó las internaciones involuntarias con aval médico

Con 42 votos a favor y 21 en contra, la Cámara Alta dio media sanción al proyecto que modifica los criterios de internación, suma la ludopatía como adicción y prevé esquemas de financiamiento federal, girando la iniciativa a la Cámara de Diputados para su tratamiento definitivo.
La reforma mantiene la prohibición estricta de crear nuevos manicomios o instituciones de internación asilar, conservando el principio establecido en la ley de 2010.
La reforma mantiene la prohibición estricta de crear nuevos manicomios o instituciones de internación asilar, conservando el principio establecido en la ley de 2010.

En una sesión que comenzó pasadas las 22:30 horas, el Senado de la Nación aprobó en la madrugada del viernes la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental (N.º 26.657). La iniciativa obtuvo 42 votos a favor y 21 en contra, tras incorporar modificaciones sustanciales negociadas entre el oficialismo y bancadas aliadas para garantizar el quórum y los respaldos necesarios. Con este resultado, el texto pasó a la Cámara de Diputados para su consideración.

La votación positiva fue impulsada por representantes de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR, Movimiento por Misiones, Primero los Salteños, Despierta Chubut, Provincias Unidas y Movere Santa Cruz. En contraste, la negativa reunió 21 votos provenientes del bloque Justicialista, Independencia y Convicción Federal. Durante la discusión parlamentaria, la jefa de la bancada oficialista, Patricia Bullrich, sostuvo que la intervención temprana preserva vidas, mientras que el senador Guillermo Andrada enfatizó la necesidad de asegurar garantías presupuestarias estatales para evitar los inconvenientes de financiamiento registrados en la legislación previa.

El texto ratifica que la internación involuntaria constituirá un recurso terapéutico de carácter excepcional, ejecutable únicamente ante un riesgo grave e inminente de daño para la vida o la integridad física del paciente o de terceros. Para su disposición en situaciones de emergencia se facultará la decisión de un médico, preferentemente psiquiatra, requiriéndose la firma de dos profesionales y la revalidación de un equipo interdisciplinario en un lapso de 48 horas. La medida deberá informarse en un plazo de 24 horas al juez interviniente, quien contará con tres días para ratificarla, ordenar peritajes o disponer la externación.

Asimismo, la reforma mantiene la prohibición estricta de crear nuevos manicomios o instituciones de internación asilar, conservando el principio establecido en la ley de 2010. En simultáneo, extiende la definición de adicciones para incluir a la ludopatía dentro de los padecimientos de salud mental y autoriza el uso de teleconsultas con especialistas psiquiátricos en regiones con escasez de profesionales.

Entre las disposiciones complementarias, se fija la obligatoriedad de confeccionar un plan de egreso desde el diagnóstico inicial y se establece que las internaciones que se extiendan por más de 180 días serán consideradas prolongadas, lo que activará automáticamente la intervención del Órgano de Revisión.

Paralelamente, la norma faculta a las personas a redactar directivas anticipadas sobre sus tratamientos, delimita la actuación familiar a los parientes directos o representantes legales, estipula atención diferenciada para menores de edad sin criminalizar consumos y prevé convenios de cooperación económica entre la Nación y las provincias mediante el Consejo Federal de Salud y partidas del Presupuesto Nacional.