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Audiencia

Techo Digno: la Fiscalía pidió que declaren responsable a Gennuso por malversación

El planteo fue presentado ante el Tribunal de Impugnación, que debe analizar si los hechos atribuidos al exintendente de Bariloche constituyen malversación de caudales públicos. La defensa pidió que se mantenga la absolución y sostuvo que la causa está prescripta.
El fiscal jefe Martín Lozada solicitó al Tribunal de Impugnación que declare penalmente responsable a Gustavo Gennuso. Foto archivo
El fiscal jefe Martín Lozada solicitó al Tribunal de Impugnación que declare penalmente responsable a Gustavo Gennuso. Foto archivo

La causa judicial por el manejo de fondos del programa Techo Digno sumó este lunes (26/10) una nueva instancia. El fiscal jefe Martín Lozada solicitó al Tribunal de Impugnación que declare penalmente responsable al exintendente de Bariloche, Gustavo Gennuso, por el delito de malversación de caudales públicos en su modalidad agravada.

La audiencia se realizó luego de que el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmara la absolución de Gennuso por peculado y ordenara revisar si los mismos hechos pueden encuadrarse en otra figura penal: la malversación de caudales públicos.

La Fiscalía sostuvo que no es necesario realizar un nuevo juicio ni incorporar pruebas diferentes, sino analizar la conducta que ya fue debatida bajo la calificación legal indicada por el máximo tribunal provincial.

Los fondos destinados a construir viviendas

Según la acusación, el caso se centra en el manejo de $105 millones que habían sido enviados por el Estado nacional para financiar obras de viviendas y que estaban depositados en una cuenta del Banco Nación informada en el marco de los convenios del programa.

La Fiscalía cuestionó que esos fondos fueran retirados de esa cuenta y colocados en dos plazos fijos en el Banco Credicoop. Lozada argumentó que los recursos tenían un destino específico y no podían utilizarse libremente para otras finalidades municipales.

El fiscal consideró que debe evaluarse si ese cambio en la aplicación de los fondos provocó un daño o pudo entorpecer el servicio al que estaban destinados: la construcción de viviendas. También defendió la vigencia de la acción penal frente al planteo de prescripción.

La defensa pidió mantener la absolución

Por su parte, el abogado defensor Manuel Maza rechazó el pedido de la Fiscalía y solicitó que se confirme la absolución de Gennuso. Sostuvo que analizar los hechos bajo una figura penal diferente en esta etapa del proceso afecta el derecho de defensa.

El letrado afirmó que la constitución de los plazos fijos tuvo como objetivo preservar el valor del dinero y que no se acreditó un daño ni un entorpecimiento del servicio. También cuestionó que el exintendente tuviera a su cargo la administración o custodia directa de esos fondos.

De manera subsidiaria, la defensa pidió que se declare prescripta la acción penal. La Fiscalía respondió que el plazo debe analizarse teniendo en cuenta los actos procesales que considera interruptivos y la suspensión que, según planteó, corresponde por el desempeño de Gennuso como vicepresidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica.

El Tribunal de Impugnación, integrado para esta instancia por los jueces Emilio Chironi, Florencia Caruso y Emilio Stadler, deberá resolver el planteo dentro del plazo legal.

Por el momento, la audiencia concluyó sin una nueva decisión sobre la responsabilidad penal del exintendente. (ANB)