Contrajo Covid-19 mientras atendía pacientes en Neuquén y ahora deberá ser indemnizado | ANBariloche
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Cutral Co- Plaza Huincul

Contrajo Covid-19 mientras atendía pacientes en Neuquén y ahora deberá ser indemnizado

El médico sufrió una neumonía bilateral, permaneció casi siete semanas en terapia intensiva y quedó con secuelas respiratorias y cicatrices permanentes.
El médico deberá ser indemnizado.
El médico deberá ser indemnizado.

Un médico del sistema público de Salud de Neuquén recibirá una indemnización por las secuelas permanentes que sufrió tras contraer Covid-19 durante la pandemia, mientras continuaba atendiendo pacientes. La Justicia confirmó que la enfermedad fue de origen laboral y que la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) debe responder por las consecuencias que quedaron después de una internación crítica.

El profesional se desempeñaba como médico generalista en establecimientos de Cutral Co y Plaza Huincul. Durante la emergencia sanitaria fue considerado personal esencial y siguió trabajando en la atención de personas afectadas por el coronavirus. En enero de 2021 contrajo la enfermedad y su estado de salud se agravó hasta desarrollar una neumonía bilateral e insuficiencia respiratoria aguda.

La evolución del cuadro fue grave y necesitó asistencia médica durante un período prolongado. Permaneció aproximadamente 48 días en terapia intensiva, donde recibió asistencia respiratoria mecánica y debió ser intubado. Además, le realizaron una traqueotomía para facilitar la respiración. Después de esa etapa crítica, continuó internado hasta que finalmente recibió el alta médica.

Sin embargo, la recuperación no significó volver a su estado de salud anterior. Las complicaciones que atravesó durante la enfermedad le dejaron consecuencias físicas y psicológicas que fueron evaluadas en el marco del reclamo por incapacidad laboral.

Las secuelas que le quedaron después de la internación

En el expediente judicial, el juez Tomás Richter consideró acreditado que el médico sufrió daños permanentes como consecuencia del Covid-19. La evaluación pericial determinó una incapacidad física vinculada con las dificultades respiratorias que persistieron después de la enfermedad.

A esas complicaciones se sumaron cicatrices faciales que quedaron como consecuencia de los procedimientos médicos que necesitó durante su internación, en particular la intubación prolongada y la traqueotomía.

La evaluación también incluyó una incapacidad psicológica relacionada con la experiencia atravesada durante la pandemia. El médico había permanecido durante semanas en una situación crítica, con riesgo para su vida, y debió afrontar un proceso de recuperación luego de las complicaciones respiratorias.

Estos elementos fueron considerados en la discusión judicial sobre el alcance de los daños y la indemnización correspondiente. No obstante, la valoración de las consecuencias psicológicas generó diferencias entre los integrantes de la Cámara de Apelaciones 2.

La discusión por la incapacidad psicológica

Al revisar el caso, la camarista Nancy Vielma sostuvo que el cuadro psicológico estaba relacionado con la experiencia traumática que atravesó el profesional. Entre los aspectos que consideró relevantes se encontraban el riesgo de vida durante la internación y las secuelas físicas permanentes que quedaron después de la enfermedad.

El camarista Juan Manuel Menestrina adoptó una posición diferente. A su criterio, la pericia psicológica no reunía todos los elementos necesarios para acreditar esa incapacidad y reconocerla como parte del daño indemnizable.

Finalmente, Manuel Castañón López adhirió a esa postura, lo que permitió alcanzar la mayoría necesaria para excluir el porcentaje correspondiente a la incapacidad psicológica del cálculo de la indemnización.

De esta manera, la Cámara modificó parcialmente la evaluación de los daños que debían tenerse en cuenta para determinar el monto a pagar. La decisión implicó revisar uno de los componentes de la incapacidad reconocida, aunque no cambió la conclusión principal del expediente.

La ART deberá responder por las secuelas del Covid-19

Pese a las diferencias sobre el componente psicológico, la Cámara confirmó que el médico contrajo la enfermedad mientras cumplía tareas esenciales en el sistema público de Salud y que las secuelas físicas permanentes debían ser indemnizadas. El fallo ratificó así la obligación de la ART de reparar las consecuencias laborales de la enfermedad, luego de que el profesional sufriera complicaciones graves que requirieron una internación prolongada y le dejaron dificultades respiratorias y cicatrices.

El caso se remonta a uno de los períodos más difíciles de la emergencia sanitaria, cuando los trabajadores de la salud continuaron con sus tareas en medio de la circulación del virus y la atención de pacientes con cuadros graves.Para el médico, haber superado la etapa crítica de la enfermedad no significó recuperar por completo su salud. Las consecuencias que quedaron después de la internación fueron objeto de una evaluación judicial que determinó la existencia de una incapacidad permanente y el derecho a recibir una reparación económica.

Con la revisión del porcentaje de incapacidad, la Cámara ajustó el cálculo, pero mantuvo el reconocimiento central: el contagio ocurrió mientras el profesional cumplía funciones esenciales y los daños físicos permanentes derivados del Covid-19 deben ser indemnizados por la aseguradora de riesgos del trabajo.