Condenaron a un banco por las fallas de seguridad que permitieron una estafa | ANBariloche
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Sanción por daño punitivo

Condenaron a un banco por las fallas de seguridad que permitieron una estafa

Un fallo judicial declaró nulo un crédito tramitado por estafadores a nombre de un empleado público, obligó a devolver los montos descontados con intereses y aplicó una sanción por daño punitivo al constatar que el sistema digital no exigía un segundo factor de autenticación.
Los delincuentes transfirieron el dinero acreditado mediante dos operaciones de 100.000 pesos cada una con destino a cuentas registradas en la billetera virtual Prexcard. Foto: Archivo Marcelo Martínez.
Los delincuentes transfirieron el dinero acreditado mediante dos operaciones de 100.000 pesos cada una con destino a cuentas registradas en la billetera virtual Prexcard. Foto: Archivo Marcelo Martínez.

Un fallo del Poder Judicial en Bariloche declaró nulo un préstamo personal sacado a nombre de un empleado público tras ser víctima de un engaño telefónico y condenó a la entidad bancaria a asumir la responsabilidad por deficiencias en sus sistemas de seguridad. La resolución judicial ordenó la devolución de los importes descontados con intereses y fijó una sanción por daño punitivo a Banco Patagonia, luego de comprobarse que sus canales digitales permitían la contratación de créditos sin solicitar un segundo factor de autenticación.

El hecho comenzó cuando el hijo de la víctima recibió una llamada de personas que se presentaron falsamente como representantes de la empresa YPF para anunciarle que había ganado un premio. Como el joven carecía de cuenta bancaria propia, utilizó la de su padre, quien cobraba sus haberes en la sucursal de Banco Patagonia ubicada en la calle Moreno. Guiados por las indicaciones de los estafadores, entregaron información personal y bancaria que posibilitó el acceso a la cuenta. Al notar el bloqueo del sistema, el titular denunció el incidente y solicitó la cancelación de sus tarjetas.

A pesar del aviso, el cliente recibió una notificación por la creación no autorizada de un usuario de banca electrónica y posteriormente constató la asignación de un préstamo personal a su nombre. Los delincuentes transfirieron el dinero acreditado mediante dos operaciones de 100.000 pesos cada una con destino a cuentas registradas en la billetera virtual Prexcard. La investigación interna realizada por el banco no logró recuperar los fondos y la entidad comenzó a descontar las cuotas del crédito del salario del trabajador, lo que motivó la presentación de una demanda en el fuero Civil por daños y perjuicios.

En su defensa, la institución financiera argumentó que el fraude respondió a la conducta del propio usuario por haber facilitado sus claves confidenciales a terceros y afirmó que sus mecanismos no podían prevenir la operación bajo esas circunstancias. Sin embargo, la pericia informática incorporada a la causa demostró que la plataforma de la entidad permitía la tramitación de préstamos mediante usuario y contraseña, sin requerir mecanismos adicionales como token o tarjeta de coordenadas para confirmar la solicitud.

El magistrado a cargo del caso determinó que la causa principal de la disposición del dinero residió en la deficiente seguridad del banco al otorgar el crédito y no en el engaño previo sufrido por el usuario. El fallo remarcó que las entidades financieras tienen la obligación legal de disponer de herramientas para detectar transacciones sospechosas y verificar la identidad de los solicitantes. Adicionalmente, el juez aplicó una indemnización por daño punitivo al considerar el incumplimiento de las obligaciones de seguridad frente a otros reclamos similares registrados contra la misma firma. La decisión dictada en primera instancia no se encuentra firme y puede ser apelada por las partes.