La provincia deberá indemnizar a un guarda ambiental por desvincularlo tras años de servicio | ANBariloche
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Viedma

La provincia deberá indemnizar a un guarda ambiental por desvincularlo tras años de servicio

La Cámara Laboral de Viedma determinó que las tareas de protección de áreas naturales como Punta Bermeja y Pozo Salado eran de carácter permanente, y no temporario como sostenía el gobierno provincial.
05/08/2026 13:14 Hs.
 El tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó a la provincia abonar la indemnización correspondiente. Foto: ilustrativa.
El tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó a la provincia abonar la indemnización correspondiente. Foto: ilustrativa.

Un fallo judicial sacudió esta semana el ámbito de la administración pública rionegrina. La Cámara Laboral de Viedma condenó a la provincia de Río Negro a pagar una indemnización a un exguarda ambiental que prestó servicios durante años en las áreas protegidas de Punta Bermeja y Pozo Salado, tras considerar que su vínculo laboral encubría una relación de dependencia permanente.

El demandante, un vecino de Viedma, había sido contratado por la entonces Secretaría de Energía y Ambiente mediante sucesivos acuerdos para desempeñar funciones vinculadas a la protección y cuidado del ecosistema. Entre sus tareas se encontraban el rescate de fauna autóctona en zonas como La Lobería y Pozo Salado, labores que, según sostuvo en su presentación, siempre cumplió con dedicación y compromiso.

El conflicto estalló cuando la administración provincial decidió poner fin a la relación laboral de manera unilateral, notificándolo por correo electrónico. Ante la falta de respuesta a un reclamo extrajudicial posterior, el trabajador recurrió a la Justicia.

Desde el gobierno provincial rechazaron los planteos del demandante, asegurando que la contratación se ajustaba estrictamente al régimen previsto para servicios específicos de guarda ambiental. Negaron la existencia de una relación de dependencia o un vínculo de empleo permanente, y señalaron que el hombre debía emitir facturas, acreditar el pago de sus obligaciones tributarias y presentar informes periódicos sobre sus tareas.

Sin embargo, durante el proceso judicial, los testimonios y la documentación aportada al expediente inclinaron la balanza. Los testigos describieron con claridad las funciones habituales del guarda en las áreas naturales protegidas, la modalidad de su trabajo y las condiciones a las que estaba sujeto. Uno de ellos declaró incluso que otros guardas continuaban desempeñando las mismas tareas luego de la finalización del vínculo contractual del demandante.

Al analizar la prueba, la Cámara Laboral de Viedma concluyó que las tareas realizadas por el hombre formaban parte de las funciones estructurales de la administración provincial y no respondían a necesidades transitorias o excepcionales. En consecuencia, el tribunal hizo lugar en lo sustancial a la demanda y ordenó a la provincia abonar la indemnización correspondiente por el cese del vínculo laboral.