Contrató un plan para comprar electrodomésticos, no pudo seguir pagando y la Justicia ordenó una devolución | ANBariloche
Noticias de la Patagonia

San Antonio Oeste

Contrató un plan para comprar electrodomésticos, no pudo seguir pagando y la Justicia ordenó una devolución

Una mujer de San Antonio Oeste demandó a una empresa luego de que aumentaran las cuotas de un plan financiado para adquirir bienes del hogar. El Juzgado de Paz hizo lugar parcialmente al reclamo y ordenó restituir el dinero previsto por contrato tras la baja del plan.
16/06/2026 16:08 Hs.
No pudo continuar pagando y pidió que le devolvieran el dinero abonado. Foto ilustrativa.
No pudo continuar pagando y pidió que le devolvieran el dinero abonado. Foto ilustrativa.

Una mujer de San Antonio Oeste obtuvo un fallo favorable en un reclamo judicial contra una empresa con la que había contratado un plan financiado para adquirir electrodomésticos y otros bienes para el hogar. La Justicia ordenó la restitución parcial del dinero aportado luego de considerar que la firma incumplió con la devolución prevista en el contrato tras la rescisión anticipada.

Según surge del expediente, la consumidora había adherido a un sistema de financiación con cuotas mensuales y gastos administrativos para acceder a distintos productos del hogar. Sin embargo, con el avance de los pagos advirtió un incremento sostenido en los valores de las cuotas, que —según manifestó— superaban lo informado al momento de contratar el servicio.

Ante la imposibilidad de continuar abonando, decidió solicitar la baja del plan y reclamó la devolución de las sumas pagadas, una posibilidad contemplada en las condiciones contractuales. No obstante, la empresa rechazó el pedido.

Durante el proceso judicial, la firma negó haber incumplido sus obligaciones y sostuvo que la clienta había sido debidamente informada sobre el funcionamiento del sistema. Además, argumentó que la devolución de fondos estaba sujeta a determinadas cláusulas previstas para casos de rescisión anticipada y aseguró haber realizado propuestas para resolver el conflicto, aunque sin acuerdo.

En la audiencia realizada ante el Juzgado de Paz, ambas partes reconocieron la documentación incorporada al expediente. La mujer admitió haber firmado el contrato y la empresa reconoció que los aumentos de las cuotas respondieron a la variación en el valor de los bienes incluidos en el plan.

Al analizar el caso, el juzgado concluyó que no había elementos suficientes para responsabilizar a la empresa por el mecanismo de actualización de las cuotas ni por los aumentos registrados. Sin embargo, sí consideró acreditado el incumplimiento en la restitución del porcentaje pactado ante la baja del plan.

La resolución sostuvo que esa omisión generó un daño directo en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor. También reconoció un daño moral, al considerar las consecuencias derivadas del conflicto y las gestiones administrativas y judiciales que debió atravesar la consumidora.

Finalmente, el Juzgado de Paz resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda y ordenó a la empresa devolver las sumas correspondientes por la rescisión del plan. (ANB)