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Privan de la responsabilidad parental a un hombre que está preso

La tutela de la pequeña quedó a cargo de la abuela, ya que su madre falleció cuando tenía solo cuatro meses.
30/12/2025 09:18 Hs.
El fallo tuvo en cuenta la estabilidad y la contención emocional de la menor. Foto: ilustrativa.
El fallo tuvo en cuenta la estabilidad y la contención emocional de la menor. Foto: ilustrativa.

Una niña cuya madre falleció cuando ella solo tenía cuatro meses de vida y su padre está preso, quedó oficialmente bajo la tutela de su abuela materna. La Justicia además, privó de las responsabilidades parentales al progenitor.

La abuela cuida de la pequeña desde que la madre falleció, pero como el padre está próximo a recuperar la libertad, aceleraron el proceso judicial para que la menor continúe bajo la responsabilidad de su abuela.

La abuela asumió el cuidado de su nieta cuando la madre de la niña atravesaba una grave enfermedad. Desde entonces, se hizo cargo de su crianza, su escolaridad, su atención médica y su sostén afectivo, con la colaboración cotidiana de otros integrantes del grupo familiar. La niña creció en ese entorno, al que identifica como su espacio de vida y pertenencia.

Durante el proceso se produjeron distintas pruebas, entre ellas una pericia social en el domicilio de la abuela, testimonios y la intervención de los equipos técnicos del Poder Judicial. En ese marco, se destacó que la niña vive en una vivienda con condiciones adecuadas, cuenta con cobertura de salud, asiste a la escuela y recibe acompañamiento permanente por parte de su grupo familiar.

En la audiencia de escucha, la niña se mostró tranquila y predispuesta, habló de su vida cotidiana y de las personas que la acompañan a diario. Mencionó a su abuela y a sus tíos como quienes “le brindan amor y cuidado, la llevan a la escuela y comparten juegos”. Expresó su deseo de continuar viviendo con ella. También manifestó que no tiene interés, por el momento, en retomar el vínculo con su padre.

El informe del Equipo Técnico fue un elemento central en la decisión. Allí se señaló que “la niña conoce sus vínculos biológicos y su historia” y que “de manera consistente surge su deseo de permanecer bajo el cuidado de su abuela materna, con quien mantiene un vínculo de apego y sostén afectivo”. El documento agregó que la menor “se siente a gusto en la casa de su abuela, donde se desarrolla en todos los planos de su vida, con libertad y límites”, y advirtió que no se observa “otro vínculo de resguardo para la niña, por fuera de la familia materna”.

A partir de ese análisis, el equipo profesional recomendó dar continuidad al trámite de privación de la responsabilidad parental. Sugirió que cualquier eventual contacto con la familia paterna se realice “en un marco adecuado y protector”.

La sentencia concluyó que se encontraba acreditada la causal de abandono prevista en el Código Civil y Comercial. Señaló que el progenitor se desentendió de manera prolongada de sus deberes, aun cuando la niña quedó bajo el cuidado de un tercero. En ese sentido, el fallo sostuvo que “basta el desentendimiento, habiéndolo dejado al cuidado o guarda de un tercero, para que se configure la causal”. Remarcó que el interés superior de la niña debía prevalecer por sobre cualquier otro.

Además de privar al progenitor de la responsabilidad parental, la resolución otorgó la tutela legal a la abuela, entendiendo que esa figura es la que mejor garantiza la protección integral de la niña. Según se indicó, la adulta responsable “la cuida, la cría, le brinda protección, garantiza su seguridad y atiende todas sus necesidades materiales y afectivas”, y sin ese sostén la menor quedaría en una situación de vulnerabilidad.

El fallo también dejó expresamente establecido que, si en el futuro la niña manifestara voluntad de mantener contacto con su padre o con la familia paterna, ese acercamiento deberá ser acompañado y facilitado por la abuela, siempre respetando los deseos, la seguridad y el bienestar de la niña, conforme a las recomendaciones de los equipos técnicos y de la Defensoría de Menores.