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La Justicia ordenó una restitución internacional y una niña regresó a Austria

Una niña de 7 años que había sido trasladada a Bariloche por su madre regresó a Austria tras una orden del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. El proceso incluyó denuncias de violencia, medidas de protección y una compleja coordinación judicial y logística a nivel internacional.
29/12/2025 14:32 Hs.
Foto ilustrativa.
Foto ilustrativa.

Tiene 7 años, habla castellano con naturalidad y su corta vida estuvo atravesada por desplazamientos forzados. Nació en Ucrania, poco antes del inicio de la guerra, y en 2022 debió abandonar ese país junto a su familia para refugiarse en Austria, donde se escolarizó y comenzó a reconstruir una rutina lejos del conflicto bélico.

Tiempo después, su madre decidió trasladarla a Bariloche. Argumentó que lo hizo para escapar de situaciones de acoso y violencia que atribuyó al progenitor de la niña. Ese traslado, realizado sin autorización del padre ni de la Justicia del país de residencia habitual, dio inicio a un extenso y complejo proceso judicial que combinó denuncias de violencia familiar, medidas urgentes de protección y un pedido de restitución internacional.

La restitución se concretó finalmente el último fin de semana, tras un operativo que exigió una coordinación permanente entre el fuero de Familia de Bariloche, fuerzas de seguridad y organismos internacionales. La jueza que asumió la etapa final del proceso, junto a su equipo y la Defensora de Menores, estuvo presente en el aeropuerto local para acompañar el inicio del viaje y garantizar que la medida se ejecutara bajo control institucional.

La logística del traslado fue intensa. Se gestionaron pasajes, documentación y autorizaciones, y se mantuvo contacto constante con la Autoridad Central, que acompañó cada paso del procedimiento. El plan original contemplaba una conexión aérea hacia Suiza y luego un traslado en tren, pero una cancelación por motivos técnicos obligó a reorganizar el recorrido cuando madre e hija ya estaban en tránsito. En ese contexto, la intervención de la Embajada de Austria fue clave para coordinar un nuevo vuelo con escala en España. Desde Suiza, el viaje continuó por vía terrestre hasta la ciudad de destino, donde ambas se alojaron en la casa de un familiar.

Durante todo el trayecto, la magistrada mantuvo comunicación permanente con la Policía de Seguridad Aeroportuaria, que cumplió un rol central en el acompañamiento y resguardo en los aeropuertos argentinos. El seguimiento se sostuvo junto a la Autoridad Central hasta la llegada a destino, en un esquema de cooperación que permitió cumplir la orden judicial sin interrupciones.

El camino hasta ese desenlace fue largo. Mientras se tramitaba el pedido de restitución internacional, el fuero de Familia de Bariloche intervino de manera urgente ante las denuncias de violencia y la inminente llegada del progenitor al país. En ese marco se dictaron medidas de protección a favor de la madre y de la niña, con intervención de la Defensoría de Menores y del Equipo Técnico Interdisciplinario. Esas resoluciones, de carácter preventivo y provisorio, buscaron garantizar un marco de resguardo mientras el conflicto seguía abierto.

Las medidas fueron luego prorrogadas y confirmadas por la Cámara de Apelaciones. Tanto en primera como en segunda instancia se rechazó la restitución internacional al considerar que existía un grave riesgo para la niña. El expediente llegó entonces al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro.

Finalmente, el STJ ordenó la restitución inmediata a Austria. Por mayoría, el máximo tribunal provincial revocó las sentencias anteriores y sostuvo que la salida de la niña de su país de residencia habitual había sido ilícita, unilateral e inconsulta, un extremo reconocido en el expediente y determinante para la aplicación del sistema internacional de restitución. El Tribunal aclaró que su decisión no resolvía las cuestiones de fondo del conflicto familiar, que deberán ser analizadas por la Justicia del país competente.

El fallo también marcó una distinción clave: el estándar para dictar medidas cautelares de protección no es el mismo que el que permite impedir una restitución internacional. Mientras las primeras se basan en criterios de urgencia y verosimilitud, la excepción prevista por el Convenio de La Haya exige acreditar un riesgo grave, concreto e intolerable para la niña, que no pueda ser neutralizado en el país de residencia habitual. Según el STJ, ese umbral no se encontraba probado en este caso.

Tras la sentencia, se abrió la etapa de ejecución. El progenitor recusó a la jueza natural del proceso, por lo que la restitución quedó a cargo de otra Unidad Procesal del fuero de Familia. La magistrada designada dispuso una serie de medidas específicas para garantizar el traslado y preservar la integridad de la madre y la niña durante todo el retorno.

Entre ellas se estableció la prohibición de acercamiento y de contacto del progenitor respecto de ambas. Esa medida, dictada en Argentina, continuará vigente en Austria hasta que una jueza de ese país evalúe el caso y defina los próximos pasos, incluida una eventual revinculación.

La restitución se ordenó exclusivamente por la ilegalidad de la salida del país y no impide que la madre pueda, en el futuro, solicitar autorización judicial para regresar o plantear nuevas decisiones sobre el lugar de residencia. Con la llegada a destino, la causa quedó radicada en Austria, donde se abrirá una nueva etapa bajo jurisdicción local. (ANB)