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Resolución

Referéndum: El STJ  tratará el posible conflicto de poderes

La presentación fue realizada por cinco concejales, por algunos de los ítems de la consulta popular.
18/09/2025 13:11 Hs.
El STJ resolvió sobre la admisibilidad del planteo de los concejales. Foto: ilustrativa Marcelo Martínez.
El STJ resolvió sobre la admisibilidad del planteo de los concejales. Foto: ilustrativa Marcelo Martínez.

A principios de septiembre, cinco concejales de Bariloche, realizaron una presentación ante el Superior Tribunal de Justicia, por un supuesto conflicto de poderes entre el Ejecutivo y el Concejo, con relación al referéndum. Ahora, el STJ indicó que es competente en el tema y tratará el planteo de los ediles.

El conflicto se originó porque los concejales Julieta Wallace, Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche) Samanta Etchenique (Juntos por el Cambio), Facundo Villalba (Primero Río Negro) y Roxana Ferreyra (Nos Une) consideraron que el jefe comunal Walter Cortés se había excedido en sus funciones y avanzó sobre áreas que corresponden al cuerpo legislativo.

Según indicaron desde la Justicia ahora, la resolución del STJ no constituye un pronunciamiento de fondo sobre la validez de las resoluciones comunales, sino que reconoce que el caso debe tramitarse como un conflicto de poderes de competencia originaria y exclusiva del máximo tribunal provincial. En este marco, solicitó al Ejecutivo que remita los antecedentes de las resoluciones en cuestión.

La postura de los ediles sostiene que la convocatoria al referéndum se realizó sin sustento legal, lo que significó un avance sobre atribuciones reservadas al Concejo Deliberante y una alteración del procedimiento previsto para la sanción de ordenanzas.

El Superior Tribunal de Justicia subrayó que corresponde enmarcar la demanda en la figura de conflicto de poderes, prevista en la Constitución provincial y en el Código Procesal Constitucional. Según señaló la resolución, este tipo de procesos tiene por finalidad “preservar la regularidad y la organización constitucional mediante la defensa de la competencia asignada y de este modo garantizar la vigencia de la legalidad”.

El fallo recordó que un conflicto de poderes se configura cuando se advierte una superposición o usurpación de funciones entre distintos órganos de gobierno, incluso dentro de un mismo nivel institucional, como en este caso dentro del ámbito municipal. Al respecto, se señaló que se trata de una situación de carácter institucional que permite determinar si un poder “invade la esfera de otro o impide su ejercicio”.

Como medida inicial, el tribunal ordenó al Ejecutivo de San Carlos de Bariloche que, en un plazo de cinco días, remita un informe con los antecedentes que dieron origen a las resoluciones impugnadas. Esta solicitud constituye el primer paso del proceso y marca que la discusión se comienza a sustanciar.