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Resolución

Ordenan entregar un 0 km a la familia de un suscriptor fallecido en Bariloche

El juez civil resolvió un insólito conflicto que enfrentó durante años a los herederos de un hombre con la administradora de un plan de ahorro y una concesionaria. La Justicia reconoció que, pese a que el seguro de vida había cancelado la totalidad de las cuotas, el vehículo nunca fue entregado.
01/09/2025 14:16 Hs.
Además de entregar el vehículo deberán otorgar una compensación económica a los herederos. Foto ilustrativa.
Además de entregar el vehículo deberán otorgar una compensación económica a los herederos. Foto ilustrativa.

Una sentencia civil en Bariloche ordenó que la administradora de un plan de ahorro y una concesionaria entreguen un auto 0 km a los herederos de un hombre que había fallecido tras suscribir un plan para adquirir un Chevrolet.

El caso comenzó cuando el suscriptor contrató un plan de ahorro que incluía un seguro de vida. Años después, al producirse su muerte, la cobertura transfirió más de 675 mil pesos a la administradora, cancelando el saldo pendiente. Desde entonces, los familiares quedaron con el derecho a retirar el vehículo.

Ese derecho, sin embargo, nunca se concretó. Tras múltiples gestiones y reclamos, la concesionaria y la administradora confirmaron que el plan estaba saldado, pero no brindaron información clara sobre cómo completar el trámite. Ante esa falta de respuestas, los herederos iniciaron una demanda en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor.

El juez consideró que existió un incumplimiento contractual y señaló que ni la concesionaria ni la administradora cumplieron con el deber de brindar información cierta, clara y detallada, como lo establece la Constitución y la Ley de Defensa del Consumidor. Además, destacó que las empresas eran las que estaban en mejores condiciones de probar y esclarecer el conflicto, y no los usuarios.

En su fallo, el magistrado ordenó a Chevrolet Sociedad Anónima de Ahorro para Fines Determinados y a Sahiora S.A. entregar en un plazo de 30 días un Chevrolet Onix 1.4 Joy Plus L/22 o, si no hubiera disponibilidad, un auto de similares características. También dispuso una indemnización económica para los herederos.

La resolución, dictada en primera instancia, aún no está firme y puede ser apelada. (ANB)