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Femicidio de Estefanía Civardi: pidieron revocar la imputación del acusado, pero fue rechazado

La defensa del imputado esgrimió que no tuvieron tiempo de prepararse en el momento de la acusación, pero el planteo fue rechazado por el juez.
12/08/2025 12:56 Hs.
El hombre fue imputado el 31 de julio y cumple prisión preventiva. Foto: archivo Marcelo Martínez.
El hombre fue imputado el 31 de julio y cumple prisión preventiva. Foto: archivo Marcelo Martínez.

A dos semanas de que Emerson Marín fuera imputado por el femicidio de Stefanía Civardi, la defensa solicitó revocar la formulación de cargos y la prisión preventiva que cumple el hombre, pero esto fue rechazado por el juez. 

Emerson Marín fue imputado el 31 de julio por femicidio triplemente agravado, por el vínculo, por haber sido cometido en contexto de violencia de un hombre hacia una mujer y por el uso del arma reglamentaria, ya que hasta el hecho, formaba parte de la Policía de Río Negro.

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El hecho ocurrió el pasado 30 de julio en el interior de una vivienda del barrio Lera. Según el relato de la fiscalía, el hecho ocurrió mientras la víctima, “se encontraba recostada en la cama, y Marín le efectuó un disparo a corta distancia con un arma reglamentaria, impactando en la región de la tráquea”. Según detalló la autopsia luego, el disparo le causó destrucción encefálica y generó la muerte de manera inmediata. 

En la audiencia realizada este martes, el abogado defensor del imputado, solicitó que se revoque la imputación, así como la prisión preventiva. Su pedido se basó en que el imputado no contó con una defensa eficaz durante la audiencia, ya que los abogados en ese momento solo tuvieron un contacto inicial y limitado con las constancias del legajo.

Agregó que este conocimiento primigenio no les permitió diseñar una estrategia defensiva sólida ni coherente. Como consecuencia, sostuvo que la formulación de cargos carece de validez, al no haberse garantizado el derecho a una defensa adecuada.

El abogado requirió además que el legajo sea caratulado como “muerte dudosa” en lugar de "femicidio" y que se disponga una medida cautelar menos gravosa, como la prisión preventiva domiciliaria.

l Ministerio Público Fiscal solicitó el rechazo de cada uno de los elementos del planteo. Sostuvo el fiscal jefe que en la audiencia de formulación de cargos no se producen pruebas, sino que se expone la información disponible al momento, de carácter provisorio y susceptible de modificación en etapas posteriores. Señaló que los profesionales que ejercieron la defensa en ese momento tomaron contacto con el legajo en las primeras horas de iniciado el proceso y que participaron activamente en diligencias iniciales, como la autopsia.

Agregó el fiscal jefe que la formulación de cargos se fundó en datos concretos, entre ellos el hallazgo de la víctima con un disparo en la cabeza, el hecho de que el imputado se encontraba junto a ella con su arma reglamentaria recién disparada, y sus antecedentes de violencia de género.

Sobre la prisión preventiva, la Fiscalía destacó que la medida fue solicitada y concedida por riesgo procesal, principalmente por la proximidad del imputado con potenciales testigos que son sus compañeros de trabajo, lo que podría influir en la investigación. Negó que la ausencia de oposición por parte de la defensa anterior evidencie una defensa ineficaz, atribuyendo esta situación a posibles decisiones estratégicas de los defensores que ejercieron el cargo al momento de la audiencia de formulación de cargos.

La querella, en representación de la familia de la víctima, adhirió a la postura del Ministerio Público Fiscal y también solicitó el rechazo del planteo defensivo. Consideró que no existieron irregularidades en la audiencia de formulación de cargos y que la medida cautelar vigente es necesaria para garantizar el normal desarrollo del proceso y la protección de testigos. Agregando que dicha solicitud debe ser planteada ante el juez de Garantías interviniente en la mencionada audiencia.

El juez que presidió hoy la audiencia de impugnación confirmó la formulación de cargos y la prisión preventiva. Explicó que, en principio, la formulación de cargos es una decisión judicial inimpugnable, pues habilita la investigación fiscal y no implica pronunciamiento definitivo sobre la culpabilidad.

Resaltó que la defensa no presentó elementos que evidencien violaciones a garantías constitucionales ni irregularidades en la audiencia de formulación de cargos. Asimismo, indicó que el contacto de la defensa anterior con el legajo fue confirmado durante la audiencia, desestimando la afirmación de que no se tuvo acceso a la causa.

El juez destacó que la defensa puede solicitar en el futuro la revisión o morigeración de la medida cautelar ante el juez de Garantías, pero que en esta instancia no se desvirtuaron los argumentos que justifican mantener la prisión preventiva. Finalmente, concluyó que la carátula legal aplicada es adecuada y que la discusión sobre la calificación definitiva y la responsabilidad se resolverá en el juicio, conforme a las pruebas que se produzcan.