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Decisión

Un peón rural sufrió un accidente laboral y un fallo reconoció su incapacidad

Ensillaba un caballo cuando una patada del animal, le provocó una fractura en la mano.
04/07/2025 09:39 Hs.
El hombre se accidentó cuando ensillaba un caballo. Foto: ilustrativa Marcelo Martínez.
El hombre se accidentó cuando ensillaba un caballo. Foto: ilustrativa Marcelo Martínez.

Un hombre que trabajaba a unos 75 kilómetros de Bariloche como peón rural de una estancia, sufrió un accidente laboral y tras un reclamo judicial, logró que reconozcan la incapacidad que sufrió como consecuencia del hecho. 

El trabajador se encontraba ensillando un caballo cuando el animal lo golpeó, generando una fractura de dos huesos de la mano, y una severa inflamación. Tuvieron que inmovilizar su mano y no pudo realizar tareas de fuerza o precisión.

Luego de la atención médica inició una demanda contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo. Denunció que, aunque el accidente había sido reconocido, la ART le dio el alta médica sin considerar las secuelas.

Si bien la Comisión Médica le asignó una incapacidad baja el hombre remarcó que las limitaciones persistían y que no podía reincorporarse con normalidad a sus tareas laborales. La cámara laboral que intervino en el proceso hizo lugar al reclamo y ordenó una indemnización en favor del trabajador.

Durante el proceso judicial, realizaron una pericia oficial a cargo de un especialista del cuerpo médico forense, y este estudio arrojó que el trabajador conservaba una limitación funcional clara en el movimiento del pulgar. El informe vinculó la lesión directamente con el accidente sufrido e indicó que no se trataba de una condición preexistente. Incluyó evaluación física, documentación clínica y antecedentes laborales.

Durante la audiencia médica, la forense detalló que el cuadro era “compatible con el tipo de traumatismo provocado por una patada de caballo” y que no había signos de lesiones previas. 

Se descartó, además, la existencia de una secuela psicológica. Una pericia en salud mental concluyó que el trabajador no presentaba síntomas compatibles con daño psíquico derivado del hecho. Informó que conservaba su capacidad de adaptación y no registraba alteraciones en sus funciones emocionales o cognitivas.

La ART impugnó el informe. Sostuvo que no se presentaron estudios nuevos y que el alta médica cerraba la discusión. El tribunal rechazó el planteo y determinó que la objeción no alcanzaba para invalidar una pericia respaldada técnicamente.

El juicio incluyó atenciones médicas, documentación de la ART y dictámenes de la Superintendencia. La intervención judicial permitió incorporar nuevas pruebas, revisar las evaluaciones previas y establecer el alcance efectivo de la lesión. La sentencia de primera instancia no está firme y puede ser apelada.