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El Gobierno de Río Negro dispuso el retiro voluntario para agentes públicos

La medida alcanza a agentes públicos de planta permanente dependientes del Poder Ejecutivo provincial y de los organismos de control interno.
29/07/2024 00:00 Hs.
El Gobierno provincial busca recortar la planta laboral de los organismos. Foto: ilustrativa.
El Gobierno provincial busca recortar la planta laboral de los organismos. Foto: ilustrativa.

Ya se encuentra vigente en las áreas de recursos humanos de cada organismo provincial, un formulario para acceder al Régimen de Desvinculación Voluntaria de la Ley N.º 5717. El mismo incrementa el monto de la liquidación final a percibir, ya que aumentó el porcentaje de sueldos a pagar por año de antigüedad del agente. Quien adhiera al régimen percibirá una suma equivalente a 1,2 sueldos por año de antigüedad o fracción mayor a seis meses.

Además se otorgará la cobertura de la obra social IPROSS durante un año, con los costos de aportes y contribuciones 100% bonificados para el afiliado, que serán afrontados por el gobierno provincial.

Quienes luego de desvincularse registren una alta tributaria unipersonal en alguna actividad económica en la provincia y quienes contraten personal desvinculado dentro de los 12 meses de la fecha de desvinculación, obtendrán la exención.

Además, las empresas que contraten personal desvinculado dentro de los 12 meses posteriores a la fecha de desvinculación también recibirán exenciones fiscales, incentivando la reintegración laboral de estos trabajadores.

Está excluido el personal policial, de servicio penitenciario y docente. También quienes perciban una jubilación, retiro o prestación equivalente, con excepción de quienes perciban una pensión derivada o directa por fallecimiento; quienes estén en un proceso penal o disciplinario con cargos que puedan derivar en sanción de cesantía o exoneración; quien al momento de la solicitud se encuentre en condiciones de jubilarse o le falten hasta 5 años para hacerlo; excluye a funcionarios y autoridades superiores; al personal transitorio y a quienes hayan presentado la renuncia aún estando pendiente la aceptación de la misma; también excluye a quien haya iniciado reclamo administrativo o demanda judicial contra la provincia (salvo las derivadas de la Ley de Riesgo de Trabajo).