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Sufría una enfermedad oncológica y fue despedida por UnTER injustificadamente

El fallo dictaminó que la empleada del sindicato deberá ser indemnizada por arbitrariedad laboral.
01/12/2023 00:00 Hs.
Sufría una enfermedad oncológica y fue despedida por UnTER injustificadamente
Sufría una enfermedad oncológica y fue despedida por UnTER injustificadamente

En un fallo resonante, la Cámara Laboral Primera de Bariloche sentenció a un sindicato por el despido arbitrario de una trabajadora, quien, tras enfrentar una grave enfermedad, vio truncada su carrera laboral de forma injustificada.

La historia laboral de esta empleada comenzó en febrero de 2011, aunque curiosamente su registro oficial en la institución gremial ocurrió un año después, desatando una serie de inconvenientes al enfrentar una enfermedad oncológica que demandó licencias médicas. La situación se agravó al quedar a tan solo tres años de alcanzar la jubilación.

Los conflictos entre la empleada y la UnTER (Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro) surgieron en 2016, cuando las ausencias por motivos de salud generaron tensiones que requirieron intervenciones de las autoridades laborales para su resolución. Sin embargo, en 2022, la trabajadora enfrentó nuevos problemas de salud que derivaron en intervenciones quirúrgicas y la colocación de una prótesis con secuelas significativas. Trágicamente, este fue el mismo año en el que fue despedida sin justificación alguna en noviembre.

El tribunal, tras revisar meticulosamente el caso, dictaminó que el sindicato no ofreció motivos suficientes para el despido de la trabajadora, resaltando la falta de reconocimiento a sus años de servicio y la imposibilidad de cumplir un rol social mediante el trabajo.

Las pericias médicas presentadas confirmaron el daño moral y psicológico provocado por el despido injustificado, agravado por la dificultad de encontrar empleo debido a su edad y estado de salud, sumado al riesgo de perder la cobertura médica.

El fallo fue contundente al reconocer el despido como arbitrario, así como la irregularidad en el registro laboral, además de condenar al sindicato por el daño moral y psicológico ocasionado a la trabajadora. (ANB)