martes 28 de noviembre de 2023

Accidente

Se lesionó en su lugar de trabajo y la ART no le reconocía su incapacidad

Un bombero de la Policía Federal de Bariloche levantó un equipo generador eléctrico de unos 65 kilos para subirlo a la autobomba, acción que le generó una limitación en la movilidad de su columna lumbar. Ahora deben indemnizarlo.

viernes 03 de noviembre de 2023
Se lesionó en su lugar de trabajo y la ART no le reconocía su incapacidad
Luego de hacer el tratamiento correspondiente, recibió el alta médica y desde el organismo le informaron que debía volver a cumplir con sus obligaciones laborales. Foto: archivo.
Luego de hacer el tratamiento correspondiente, recibió el alta médica y desde el organismo le informaron que debía volver a cumplir con sus obligaciones laborales. Foto: archivo.

Mientras cumplía su labor de bombero de la policía Federal de Bariloche, un hombre levantó un equipo generador eléctrico de unos 65 kilos con el objetivo de subirlo a la autobomba. El esfuerzo realizado por el operario provocó un fuerte dolor en su espalda, que lo dejó inmovilizado.

Ante esta situación, realizó la denuncia en la ART sobre el accidente. Luego de hacer el tratamiento correspondiente, recibió el alta médica y desde el organismo le informaron que debía volver a cumplir con sus obligaciones laborales, ya que la comisión médica dictaminó que no padecía incapacidad producto del accidente denunciado.

Sin embargo, el hombre continuaba con molestias severas en la zona lumbar por lo que decidió acudir a su médico particular, quien solicitó una serie de exámenes para averiguar a qué se debían esos dolores.

Los resultados determinaron que habían quedado secuelas del accidente, entonces el operario promovió un juicio ante la Cámara Laboral Segunda de Bariloche que, luego de la tramitación del expediente, “condenó a Provincia ART S.A. a indemnizar al trabajador con la suma que resulte de la liquidación y sus intereses, toda vez que se trató de un accidente laboral y que tuvo como consecuencia una incapacidad”. 

Fundamentos del fallo

En primera instancia, el tribunal que "no se encuentra controvertido que, cuando desempeñaba sus tareas normales y habituales como bombero de la Policía Federal, sufrió un accidente laboral al subir un equipo generador eléctrico de unos 65 kilos y altura de 1,65 metros desde el suelo hasta el autobomba, cuando sintió un fuerte dolor en la espalda, precisamente en la zona lumbar”.

Solo le recetaron analgésicos y sesiones de kinesiología y se le otorgó el alta médica sin reconocer secuelas ni incapacidad alguna. Por ello y ante la negativa de la ART, el tribunal consideró necesario designar a una perito médica, que en su informe detalló que "al examen realizado por este perito se objetiva limitación en la movilidad de su columna lumbar", y determina que el trabajador padece una incapacidad permanente parcial y definitiva del 7,84%, incluidos los factores de ponderación.

En este sentido, el fallo expresó "los fundamentos sólidamente sustentados por la perito médica permiten formar íntima convicción en el sentido que efectivamente existe una clara relación causal -causa efecto- entre las dolencias que padece el actor al día de la fecha, con el accidente y la incapacidad por ella determinada".

La sentencia destacó que el consultor médico de la demandada no se presentó. No obstante y, respecto a la valoración del dictamen se recordó que "si bien en modo alguno las conclusiones del galeno son obligatorias para el Juzgador, no es menos cierto que para apartarse de las mismas debe encontrar sólidos argumentos, ya que se trata de un campo del saber ajeno al hombre del derecho y debe partirse del presupuesto de la buena fe del perito".

En este punto, aclaró que las ART cuentan con una estructura suficiente e idónea para sustentar y arrimar al tribunal eventuales elementos que justifiquen una revisión de la labor del perito médico, por ejemplo, la opinión fundada de un consultor técnico.

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