AFIP
Monotributo: qué se paga y qué no
Son varios los ítems que un monotributista abona dentro de este régimen, por lo que sólo se dejará de pagar el componente impositivo.

Luego de las elecciones PASO y la devaluación que impactó inmediatamente en la economía nacional y en el aumento de la inflación, el gobierno nacional elaboró un paquete de medidas para aliviar la situación socioeconómica en el país.
El sector informal, que cada vez crece más en el país como parte del trabajo precarizado, tendrá algunos beneficios pensados para los monotributistas de las categorías A, B, C y D.
Massa afirmó que por 6 meses, los monotributistas de las categorías mencionadas no pagarán el componente tributario de este gravamen, al tiempo que añadió que "además, para todos los monotributistas, habrá un acceso a crédito por hasta 4 millones de pesos, dependiendo de la categoría, a pagar en 24 cuotas a la mitad de la tasa bancaria con garantía 100% del Estado".
En este sentido, a través de la Resolución General emitida esta mañana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga del pago componente impositivo de las cuotas del monotributo para las categorías A, B, C y D.
Sin embargo, los ítems como la obra social y los aportes jubilatorios deben continuar abonándose para no correr el riesgo de quedarse sin obra social ni generar una complicación en el sistema jubilatorio.
A continuación, algunos de los puntos más importantes a tener en cuenta:
-La medida alcanza a contribuyentes del Régimen Simplificado considerados puros, es decir, los que ademas de ser monotributistas no tienen un trabajo en relación de dependencia.
-La prórroga solo aplica para el componente fiscal de los periodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como a enero y febrero de 2024.
-Las nuevas fechas de vencimiento previstas para el componente impositivo son: septiembre y octubre, el 20 marzo de 2024: noviembre y diciembre, el 20 abril de 2024: enero y febrero de 2024, el 20 mayo de 2024.
-La medida no alcanza a los componentes de obra social y el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
-Alcanza solo a las primeras 4 categorías. Los importes son para la A, $496,85; B, $957,27; C, $1.636,83 (Servicios), $1.512,26 (Comercio), y D, $2.689,05 (Servicios) o $2.484,46 (comercio).
-La prórroga no tiene impacto en los contribuyentes de las categorías A y B alcanzados por la ley de Alivio Fiscal de junio de 2022: Son los que no tienen ingresos por cargos públicos, locaciones, jubilación y pensión, trabajos en relación de dependencia, administración de sociedades., entre otras.
-Durante los períodos septiembre 2023 a febrero 2024, los monotributistas solo deberán abonar las cotizaciones previsionales.
-Se puede continuar realizando a través de diversas modalidades, como el Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida "QR," débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y otras plataformas de pago electrónico.
-Se establece el procedimiento para quienes paguen en forma presencial en entidades habilitadas que no tengan adecuado el sistema a este diferimiento.
-En caso del monotributo unificado, el contribuyente deberá pagar Ingresos Brutos como lo viene haciendo actualmente.
La devolución que hace la AFIP a quienes pagan por débito automático
Respecto a la devolución anual del componente impositivo por cancelar las cuotas por débito automático en tarjeta de crédito o en cuenta bancaria, se establece una excepción para el año 2023, permitiendo el acceso al beneficio, en caso de que los contribuyentes hayan abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales mediante esas modalidades de pago.
De esta forma se considerará para el cálculo proporcional del importe a reintegrar la cantidad de meses del año calendario en los que hayan abonado los conceptos mencionados precedentemente.
Se espera que el Gobierno incluya en la Ley de Presupuesto 2024 un artículo que condone el componente impositivo de los períodos septiembre 2023 a febrero 2024 convirtiendo este endeudamiento por la prórroga en una liberación del pago.