miércoles 27 de septiembre de 2023

Bariloche elige

Comienza la veda electoral: qué se puede hacer y qué no

Prohibición de venta de bebidas alcohólicas, eventos y también, de actividades de campaña, son algunas de las medidas.

viernes 01 de septiembre de 2023
Comienza la veda electoral: qué se puede hacer y qué no
La veda finaliza tres horas después del cierre de los comicios. Foto: archivo Marcelo Martínez.
La veda finaliza tres horas después del cierre de los comicios. Foto: archivo Marcelo Martínez.

En dos días, Bariloche elige un nuevo intendente o intendenta pero antes de los comicios, comienza la veda electoral. Qué restricciones implica. 

La veda abarca una serie de medidas que se deben respetar, y se divide en la parte que afecta a candidatos políticos y por otro lado, normativas que debemos cumplir todos los ciudadanos.

En cuanto a las medidas generales, quedan prohibidos los actos o reuniones públicas con finalidades proselitistas expresas o encubiertas y la publicidad partidaria emitida por medios escritos, radiales o televisivos o cualquier otra propaganda proselitista desde 32 horas antes de la iniciación de las elecciones.

Además, los casinos y lugares bailables podrán funcionar hasta las 00 del día sábado 2 de septiembre y podrán reabrir sus puertas tres horas después de la hora de finalización de las elecciones.

Está permitida la apertura y funcionamiento de restaurantes, casas de comidas, confiteras y afines, pero con la expresa prohibición de venta de bebidas alcohólicas hasta después de las tres horas de la clausura de las elecciones.

También se encuentran prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrado, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante las horas de las elecciones.

La veda electoral, además, implica que 48 horas antes de las elecciones, no se puedan emitir declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Las acciones que estarán restringidas hasta después del cierre de los comicios son las siguientes:

- Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales

- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.

- Está restringida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 del domingo.

- Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.

- La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

- La prohibición de portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Penas y sanciones

Aquellas personas que incumplan con la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta.

Las penalidades son de distinto grado y tipo. Según la legislación, se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas.

La norma reprime a su vez, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.

Por otro lado, la sanción para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de 2 meses a 2 años de cárcel. Además, quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio” se lo castigará con hasta 3 años.

Por último, se les podrá cobrar a los ciudadanos una multa si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación, así como también a aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En lo que respecta a los candidatos, si incumplen las disposiciones, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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