jueves 25 de abril de 2024

16 de abril

Los candidatos podrán utilizar sus apodos en las boletas para las elecciones

El Juzgado Electoral aprobó los distintos modelos de boletas y combinaciones para las próximas elecciones provinciales.

lunes 27 de marzo de 2023
Los candidatos podrán utilizar sus apodos en las boletas para las elecciones
A menos de tres semanas de las elecciones, las agrupaciones podrán enviar a imprimir las boletas. Foto: archivo.
A menos de tres semanas de las elecciones, las agrupaciones podrán enviar a imprimir las boletas. Foto: archivo.

A menos de tres semanas de las elecciones provinciales en Río Negro, fueron aprobadas todas las boletas y sus combinaciones presentadas ante el Juzgado Electoral, con inclusión de apodos de los candidatos y candidatas.

A partir de ahora, las agrupaciones políticas podrán ordenar la impresión de las boletas para los comicios del 16 de abril.

Con el visto bueno del Juzgado Electoral, se dispuso que los y las postulantes a cargos electivos podrán utilizar su apodo por los que son conocidos en las boletas electorales. Asimismo, también podrán utilizar el primer o segundo nombre y el primer o segundo apellido.

La resolución del Juzgado Electoral responde a un pedido realizado por los partidos políticos y alianzas en la audiencia de vista de boletas. Esto tiene que ver con que muchos casos los y las candidatas son conocidos socialmente más por su segundo nombre, su segundo apellido e incluso por un apodo que por el orden del DNI. De esta manera, se evita confusiones al electorado.

Por otro lado, en la misma sentencia se dispuso que todas las boletas de categorías unipersonales y en fórmula deberán tener un tamaño de 12 por 9,5 centímetros, mientras que para los cuerpos colegiados (Legislatura y Concejos Deliberantes, por ejemplo) la medida será de 12 por 19 centímetros. Solo en aquellos casos que no se dificulte la lectura de los postulantes podrán usar para los tramos colegiados el mismo que para los unipersonales.

Finalmente, el Juzgado Electoral dispuso que el papel de las boletas deberá ser tipo obra de entre 55 y 75 gramos o “un papel sustituto de similar calidad y apariencia”. En el anverso podrá tener fondo del color asignado y en el reverso deberá ser blanco.

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