jueves 25 de abril de 2024

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Confirmado: las elecciones provinciales serán el 16 de abril

La gobernadora firmó hoy el decreto que convoca a los rionegrinos a las urnas.

viernes 06 de enero de 2023
Confirmado: las elecciones provinciales serán el 16 de abril
Los ciudadanos rionegrinos podrán expresar su voto el 16 de abril. Foto: archivo.
Los ciudadanos rionegrinos podrán expresar su voto el 16 de abril. Foto: archivo.

Durante la mañana de hoy (6/1), la gobernadora Arabela Carreras confirmó la firma del decreto de convocatoria a elecciones 2023 en Río Negro, que tendrán lugar el domingo 16 de abril.

Si bien, hace un poco más de dos meses, en un acto realizado con autoridades y dirigente de Juntos Somos río Negro (JSRN), el senador nacional Alberto Weretilneck, confirmó la fecha de las elecciones, la gobernadora aún no había hecho el aviso oficial.

La realización del acto electoral permite a los ciudadanos participar de manera plena en la vida institucional, eligiendo a los representantes políticos quienes llevaran adelante las políticas públicas de las que son partidarios.

En este sentido, se convoca al pueblo rionegrino con el objetivo de elegir Gobernador/a y Vicegobernador/a. También se elegirán Legisladores provinciales y comisionados de fomento en todo el territorio de la provincia.

Es así que se definió el inicio de la campaña electoral para el 16 de marzo. Los postulantes tendrán un mes para contarles a los ciudadanos las propuestas en materia económica, social, cultural y política que desean impartir en el caso de que resulten ganadores.

Para el caso de Gobernador y Vicegobernador, la elección se realizará en distrito electoral único y se usará el sistema de lista completa y a simple pluralidad de sufragios.

En el caso de los Legisladores Provinciales, se elegirán:

  • Por representación regional, tres titulares y tres suplentes por cada uno de los ocho circuitos electorales. Las bancas se asignarán por el sistema D´Hont, con un piso electoral del 5% de los votos emitidos válidos (Artículo 126 de la Ley O N° 2431).
  • Por representación poblacional, 22 titulares y 22 suplentes con el sistema D´Hont, participando en la asignación de cargos las agrupaciones partidarias que hayan obtenido un mínimo del 5% de los votos válidos emitidos (Artículo 127 de la Ley O N° 2431).

En tanto, en todas las comisiones de fomento elegirán un Presidente o Comisionado de Fomento en forma directa y a simple pluralidad de sufragios y dos Vocales titulares y otros dos suplentes mediante el sistema D´Hont, con un piso del 5% de los votos válidos emitidos. (ANB)

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