viernes 19 de abril de 2024

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Golpe al bolsillo para los monotributistas: de cuánto será el aumento

Los nuevos valores comenzaron a regir el 1 de enero y los aportes subieron entre un 72% y 102%.

lunes 02 de enero de 2023
Golpe al bolsillo para los monotributistas: de cuánto será el aumento
Recategorización y aumento en los valores. Foto: ilustrativa.
Recategorización y aumento en los valores. Foto: ilustrativa.

Durante el último semestre de 2022, el gobierno nacional estuvo anunciando aumentos en diferentes productos y servicios que comenzarían a regir para el próximo año. De esta forma, el 2023 llega con un fuerte golpe al bolsillo de los ciudadanos argentinos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la nueva escalada del Monotributo 2023, que comenzó a estar vigente el 1 de enero. Como estaba previsto, el ajuste fue del 33.58% lo que llevó a la categoría “A” a un valor de facturación bruta anual máximo de $999.657.23.

Los monotributistas tendrán tiempo hasta el 20 de enero para hacer frente a la primera cuota mensual de 2023. Desde el 1 de ese mes entrarán en vigencia las nuevas escalas con la actualización semestral de los ingresos brutos.

Las actualizaciones de las escalas del monotributo se determinan en función de la variación del índice acumulado de movilidad jubilatoria del año anterior. En este caso, correspondía un ajuste del 33,58% debido al ajuste que dicho índice tuvo entre julio y diciembre de este año.

Por lo tanto, los contribuyentes inscriptos en este régimen deberán recategorizarse en caso de que les corresponda. Para evaluar si corresponde una recategorización, se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Valor mensual de cada cuota

Los aportes de cada una de las categorías van a aumentar entre un 72.48% y un 102.41% dependiendo cada una. De esta forma, los valores de las cuotas mensuales serán:

  • Categoría A: $ 5750,75.
  • Categoría B: $ 6430,38.
  • Categoría C: $ 7351,10 (servicios); $ 7226,83 (comercios).
  • Categoría D: $ 9245,06 (servicios); $ 9040,47 (comercios).
  • Categoría E: $ 12.776,61 (servicios); $ 11.629,37 (comercios).
  • Categoría F: $ 15.712,40 (servicios); $ 13.856,32 (comercios).
  • Categoría G: $ 18.347,44 (servicios); $ 15.855,59 (comercios).
  • Categoría H: $ 31.347,16 (servicios); $ 26.743,66 (comercios).
  • Categoría I: $ 38.464,47 (sólo comercios).
  • Categoría J: $ 44.390,28 (sólo comercios).
  • Categoría K: $ 50.717,92 (sólo comercios).

Cabe resaltar que los contribuyentes de las primeras dos categorías suelen tener una amplia serie de exenciones. En este caso, estarán exentos del pago del impuesto integrado -$ 496 o $ 957 por mes- los monotributistas de las categorías A y B que no obtengan ingresos por: 

  • Trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades. 
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades.

En contraste, no pagarán los aportes previsionales y por obra social los contribuyentes de las dos categorías más bajas que:

  • Se encuentran obligados por otros regímenes previsionales (por ejemplo, en relación de dependencia)
  • Los menores de 18 años.
  • Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.
  • Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
  • Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/199

¿Qué es y para qué sirve el monotributo?

El monotributo es el régimen que podés elegir como pequeño contribuyente para cumplir de forma simplicada las obligaciones con la AFIP. De esta manera, unifica el componente impositivo -IVA y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual.

Para adherirse, se deben cumplir con determinados valores de parámetros como facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto de alquiler del locales. 

Para consultas por inscripciones o recategorización podes acercarte a la oficina de la AFIP en calle Vice Almirante O`Connor 930 o ingresar a la página www.afip.gob.ar (ANB)

 

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