jueves 18 de abril de 2024

Fallo judicial

Sufrió una tendinitis en su trabajo, no la atendieron y ahora la ART deberá indemnizarla

Una mujer se desempeñaba en una fábrica de pastas y tuvo un accidente que, debido al a desatención recibida, la dejó con un alto grado de incapacidad.

jueves 15 de diciembre de 2022
Sufrió una tendinitis en su trabajo, no la atendieron y ahora la ART deberá indemnizarla
La mujer fue despedida luego de recibir el alta de la ART. Foto: archivo.
La mujer fue despedida luego de recibir el alta de la ART. Foto: archivo.

Una Aseguradora de Riesgos del Trabajo deberá indemnizar a una mujer que se desempeñaba en una fábrica de pastas y sufrió un accidente laboral. Por el hecho, la mujer padeció una tendinitis que no tuvo la atención adecuada. Luego de declararla de alta, fue despedida, pero el problema continuó.

La mujer trabajaba desde hace unos meses en el lugar, cuando un día intentó bajar unas cajas que estaban apiladas a una altura sobre su cabeza. Al hacerlo, se le cayeron unas 20 cajas que intentó correr con su brazo izquierdo. Al hacerlo, sintió un fuerte tirón y ardor en el brazo y mano.

Según informaron desde la oficina de Comunicación Judicial, la mujer quedó con un brazo inválido luego del accidente.

Con un primer diagnóstico de “tendinitis”, la ART dispuso prestaciones médicas y sesiones de kinesiología. Tiempo después le dio el alta médica sin reconocer ningún tipo de secuela y declarando que la enfermedad era “inclulpable”, es decir, que no tenía relación con el trabajo. Pocas semanas después la mujer fue despedida.

Como la señora seguía sintiendo dolor, cuestionó la decisión de la ART ante las Comisiones Médicas. En un primer trámite no se le reconoció ninguna incapacidad. Pero apeló y le reconocieron una invalidez del 4 por ciento. Con el mismo cuadro, siguió impulsando el trámite y le dictaminaron una incapacidad del 9 por ciento.

Sin embargo, en todos esos meses de trámites estuvo sin atención médica adecuada y la dolencia se hizo crónica. Por eso, ya en el marco del juicio laboral que inició la mujer, un perito médico especialista estableció que presentaba una incapacidad del 45,57 y que la misma era “definitiva”. El informe de otra médica experta en dolor señaló además que padecía el “síndrome de suddeck”, por el cual indicó un porcentaje mayor de incapacidad en el brazo izquierdo.

Ante la Cámara Laboral la ART se defendió afirmando que, en su debido momento, “reconoció el siniestro, prestó las prestaciones médicas necesarias y luego abonó las incapacidades dictaminadas por las Comisiones Médicas intervinientes”. Por lo tanto, afirmó, “nada más adeuda ni debe”.

En el fallo de primera instancia los jueces de Bariloche avalaron una pericia médica que mostró la evolución de la enfermedad y concluyeron que la tendinitis “en un primer momento fue insuficientemente atendida y luego abiertamente desatendida”.

La Cámara, finalmente, declaró una incapacidad del 51,8% y ordenó a la ART que le abone en un solo pago la liquidación definitiva de la indemnización legal y que cubra económicamente “las prestaciones médicas necesarias para que la actora recupere en lo más posible su estado de salud anterior al acaecimiento del siniestro laboral”.

La ART interpuso un recurso contra esa sentencia, que fue rechazado por la misma Cámara Laboral. Por eso avanzó hacia el Superior Tribunal de Justicia con un recurso de queja, para cuestionar aquella denegatoria.

“El escrito bajo análisis no cumple con el objeto propio de la queja, consistente en patentizar el error jurídico”, dijo el STJ al rechazar el planteo de la aseguradora. “No surge un agravio concreto o fundamentos sólidos capaces de demostrar la improcedencia de lo decidido” por la Cámara Laboral, concluyó el máximo tribunal provincial al rechazar el recurso de queja y confirmar la sentencia.

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