miércoles 24 de abril de 2024

Prorrogan por 90 días la renovación de licencias de conducir

Desde la Subsecretaría de Tránsito del municipio brindaron información sobre esta medida nacional por el aislamiento obligatorio.

miércoles 08 de abril de 2020
Prorrogan por 90 días la renovación de licencias de conducir

La Subsecretaría de Tránsito y Transporte de la Municipalidad comunica que la Agencia Nacional de Seguridad Vial de la Nación ha dispuesto prorrogar, de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, la vigencia de los cursos y exámenes psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 3 de abril inclusive del corriente año.

En el marco de la emergencia sanitaria la Agencia Nacional DE Seguridad Vial dictó la Disposición ANSV N° DI-2020-109-APN-ANSV#MTR, mediante la cual se dispusieron medidas preventivas que establecieron suspensiones y prórrogas de las exigencias reglamentadas para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), como asimismo respecto de los cursos de capacitación presencial a instructores y evaluadores teóricos y prácticos matriculados de los Centros Emisores de Licencia Nacional de Conducir, instándose a las Jurisdicciones que otorgan Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) certificados y

homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a suspender la atención al público y el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir (LNC) y a prorrogar los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen durante el período de suspensión.

A través de la prórroga, en Art. 6° de la nueva Disposición insta “a las Jurisdicciones que otorgan Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) certificados y homologados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en el marco de sus prerrogativas, y a través de sus autoridades, a prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento, las Licencias Nacionales de Conducir, cuyos vencimientos hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 30 de abril inclusive del corriente año.

Es importante remarcar que es por el término de 90 (noventa) días corridos contados a partir de su fecha de vencimiento. O sea que depende del vencimiento de cada licencia; vencerían desde el 15 de mayo (las de febrero) o el 30 de julio (las que venzan el 30 de abril).

Asimismo la Subsecretaría de Tránsito y Transporte recuerda no se están tramitando licencias. Además se comunica a quienes tenían turno y se les venció, no intentar ingresar a la página para sacar uno nuevamente porque se encuentra desactivada y no entrega turnos nuevos. Cuando se recupere la posibilidad de atención, ahí se reactivará el sistema.

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