sábado 20 de abril de 2024

Rechazaron la candidatura de Andrea Galaverna para la intendencia

El Tribunal Electoral Provincial revocó la resolución de la Junta Electoral que oficializaba su candidatura. Argumentan que el partido Frente Grande no se encuentra desvinculado del Frente de Todos.

viernes 09 de agosto de 2019
Rechazaron la candidatura de Andrea Galaverna para la intendencia

Este viernes (9/8) se conoció la resolución del Tribunal Electoral Provincial (TEP) que revocó la Resolución N° 102/19 de la Junta Electoral Municipal, la cual oficializaba la candidatura de Andrea Galaverna por el Partido Frente Grande en las elecciones para intendente.

Entre los considerando de la Sentencia Nº 92/2019 del TEP, señala que “el partido Frente Grande no se encuentra desvinculado de la Alianza Transitoria Frente de Todos y, por ello, no sólo no se halla habilitado a conformar alianzas con otras agrupaciones políticas sino que, además, tampoco a presentar candidatos de forma individual en los comicios que tendrán lugar el día 1/9/19 en la ciudad de San Carlos de Bariloche”.

Cita el expediente Nº 2/2019 del mismo TEP destacando que “el partido Frente Grande, no podrá nominar candidatos individualmente en tanto la alianza "Frente de Todos" postuló una lista en la Localidad de Bariloche. Pues de hacerlo se estaría confundiendo al electorado en virtud que un mismo partido tendría candidatos en dos fuerzas distintas”.

Cabe recordar que el 25 de julio, la Junta Electoral de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche había oficializado la lista de candidatos del Frente Grande, encabezada por la esdefensora del Pueblo, Andrea Galaverna.

La resolución actual determinó “la imposibilidad de coexistencia de postulaciones para un mismo proceso electoral entre, por un lado, la Alianza y, por otro, los partidos que de ella participan”.

El Frente Grande argumentó que arguye que el Frente de Todos “no promueve candidatos comunes sino impuestos por el Partido Justicialista y que no se trata del ejercicio de la voluntad común”. Este planteo fue rechazado por el TEP en su sentencia 93/2019. (ANB)

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