Justicia rechaza amparo presentado por Defensora del Pueblo por transporte | ANBariloche
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Justicia rechaza amparo presentado por Defensora del Pueblo por transporte

Se trata de un reclamo que Nadina Díaz elevó por el servicio de la empresa Ko-Ko, en el Alto Valle. Un Juez desarmó los argumentos y rechazó el planteo.
27/01/2015 00:00 Hs.
Justicia rechaza amparo presentado por Defensora del Pueblo por transporte
Justicia rechaza amparo presentado por Defensora del Pueblo por transporte

La Justicia no vio elementos para promover un amparo colectivo intentado por la Defensora del Pueblo de la Provincia, Nadina Díaz, en relación al servicio del colectivo urbano del Alto Valle, prestado por la empresa Ko-Ko.

El Juez Penal Juan Pablo Chirinos consideró en su resolución que el “remedio real al problema” que ocurren en las horas pico en el transporte entre Villa Regina y Cipolletti, “está lejos de pasar por una solución judicial, al menos con la prueba recabada en este expediente”.

“De acuerdo a la prueba colectada en autos, la empresa Ko-Ko no incumple la legislación vigente, al menos en la forma en que el servicio es encuadrado por la autoridad de aplicación tanto nacional como provincial”, señaló el magistrado.

La Defensora del Pueblo había incluido, en su pedido de amparo colectivo, que la Justicia actúe ante reclamos por las frecuencias, la calidad y estado de las unidades -entre los puntos incluyó la falta de aire acondicionado-, y cuestionó que algunos pasajeros viajen parados.

Pero, en el centro del cuestionamiento del Juez a la presentación de Díaz, se planteó que la Defensora confunde los servicios urbanos e interurbanos. Durante una audiencia entre las partes, la funcionaria pidió servicios propios del servicio interurbano, pero rechazó la aplicación de la tarifa correspondiente a ese servicio.

Pero, “preguntada sobre el encuadre legal de la acción y en particular el origen de las obligaciones que se me solicita se impongan a la empresa, su respuesta fue vaga”, cuestionó el Juez Chirinos.

El representante de la empresa Ko-Ko, durante la mencionada audiencia, respondió uno a uno los puntos, aclarando que las exigencias señaladas por la Defensora corresponden al servicio interurbano, mientras que, por legislación y concesión, el tramo Villa Regina – Cipolletti, corresponde a líneas urbanas.

Detalló que la firma adquirió 30 nuevas unidades, que se irán sumando al servicio en los primeros cinco meses del año, que incluyen doble calefacción; y que, con esta incorporación, el 70 por ciento de los micros tendrán aire acondicionado. “Tendremos la flota más moderna del país”, resumió Ricardo Rosso, en representación de la empresa.

En relación a la frecuencia, los referentes de Ko-Ko detalló que se cumplen con las exigencias de la concesión, y que se implementan refuerzos “en la medida de sus posibilidades”. Sobre el particular indicó que “en la línea nacional -también concesionada a la firma-, la mas demandada por los pasajeros puesto que hace recorridos mas directos, circulan 47 unidades, el máximo autorizado por las autoridades nacionales”. En tanto, “en la línea provincial circulan otros tantos”, pero “los refuerzos de esta línea no surten mayor efecto”, ante una demanda creciente, complejidad que “es un problema no sólo local, sino en todas las ciudades del mundo”.

Rosso, explicó al Juez y la Defensora del Pueblo, que el reclamo sobre la presencia de pasajeros parados durante el viaje, se corresponde con la concesión del servicio de tipo urbano, y que convertir la línea en interurbano llevaría la tarifa de 27 pesos -Villa Regina-Cipolletti- a 70 pesos, por aplicación de la legislación que determina que el valor del servicio interurbano es de 0,6771 pesos por kilómetro.

Tras el debate, el Juez consideró en su resolución que “la obligación de incorporar aire acondicionado a las unidades es reciente y es cumplida por la empresa desde entonces”; y que “la frecuencia de colectivos es la aprobada por la autoridad de aplicación y no tiene elementos técnicos para obligar a mayores frecuencias”.

Al solicitar precisiones a Nadina Díaz sobre “el cambio en la modalidad de prestación de servicios de suburbano a interurbano”, la Defensora, “no requirió ni el cambio de unidades ni el cambio de tarifa”.

“Entiendo que no están dados los requisitos para que la acción proceda como fue planteada”, señaló Chirinos, y explicó que “la solución pasa no sólo por una mayor frecuencia, sino por repensar las trazas, la forma de prestar el servicio a los pueblos más pequeños y seguramente la posibilidad de combinar servicios sin que esto implique un cambio tarifario que repercuta en el usuario. Pero seguramente este tipo de soluciones deban requerir cambios en la legislación o los contratos vigentes, cuestiones que exceden las soluciones que los jueces podemos dar, que están siempre ligadas a las normas que rigen la materia”, concluyó. (ANB)