Habrá audiencia pública por enriquecimiento de uranio en Pilcaniyeu | ANBariloche
Noticias de la Patagonia

Habrá audiencia pública por enriquecimiento de uranio en Pilcaniyeu

La Justicia hizo lugar a un amparo presentado por un legislador. Todo estaba listo para que la CNEA comienza con el enriquecimiento de uranio, pero ahora la Provincia deberá llamar a audiencia pública.
16/11/2014 00:00 Hs.
Habrá audiencia pública por enriquecimiento de uranio en Pilcaniyeu
Habrá audiencia pública por enriquecimiento de uranio en Pilcaniyeu

La Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia deberá convocar a audiencia pública para el análisis del impacto del funcionamiento de la planta de enriquecimiento de uranio, ubicada en PIlcaniyeu. Así lo determinó la Justicia, a través de un fallo del Juez de Amparo, Enrique Mansilla, quien hizo lugar parcialmente a una presentación efectuada por un legislador de la Unión Cívica Radical.

En debate estuvo si la jurisdicción provincial alcanzaba a la actividad nuclear, ya que, parte de la normativa establece que la misma se encuentra sujeta a la jurisdicción nacional.

Según informó la agencia de Viedma ADN, la Comisión Nacional de Energía Atómica está a un paso de comenzar con las tareas, luego que el el 9 de enero de este año, por resolución fuera aprobado el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para reactivar el módulo experimental de enriquecimiento de uranio del Complejo Tecnológico Pilcaniyeu. Ese trabajo fue presentado por la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), entidad que maneja el complejo de la localidad ubicada a 50 kilómetros de Bariloche.

Sin embargo, el no cumplimiento del paso por la audiencia pública, derivó en la presentación de un amparo por parte del legislador Alejandro Betelú. Oportunamente, el Fiscal de Estado defendió esa decisión, ya que, argumentó, la actividad nuclear corresponde a la órbita nacional y la Provincia no tendría injerencia.

En un mismo sentido, la Procuradora General de la Provincia, Silvia Baquero Lazcano, sostuvo la idea de la exclusiva competencia federal, ya que "la actividad cuestionada se encuentra regulada en Ley Nacional 24.804 y que la Autoridad Regulatoria Nuclear es la que posee entre sus funciones facultades y obligaciones la de evaluar el impacto ambiental de toda actividad que licencia, entendiéndose por tal a aquellas actividades de monitoreo, estudio y seguimiento de la incidencia, evolución o posibilidad de daño ambiental".

Pero, según reveló ADN, ninguno de los dos planteos fueron compartidos por el juez Mansilla, que dictaminó en contrario.

El magistrado resolvió a favor del amparo ambiental porque "la Provincia conserva su competencia en materia ambiental, la que con exclusión de la regulación y fiscalización de la actividad nuclear, resulta insoslayable que debe tener en cuenta que los eventuales impactos que la actividad pudiera tener". Es que dichos impactos "repercuten en el territorio de la Provincia, ya que el lugar de instalación de la planta, los cuerpos receptores de efluentes y otros residuos generados por la actividad, son de jurisdicción provincial por lo que la competencia ambiental y la aplicación de legislación provincial no tiene parámetro de discusión".

Cuestionó que la Secretaria de Media Ambiente como autoridad de aplicación de la ley vigente ," ha decidido omitir la audiencia pública prevista específicamente en dicha norma sin dar razones plausibles para ello". Así, en los próximos 30 días, la Secretaría de Medio Ambiente deberá convocar a audiencia pública para el tratamiento del tema. (ANB)