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Polémica

Sin justificación, eximen a comerciante de multa y clausura

Áreas técnicas del Municipio mostraron "indignación" ante una prerrogativa a un comerciante local, que había sido multado y cuyo local, debía ser clausurado por orden del Juzgado de Faltas. El hombre argumentó su pedido de ser eximido, mediante su "difícil situación financiera" y planteó que la medida afectaba su única fuente laboral. Según pudo conocer ANB, el comerciante explota el menos dos locales de venta de ropa.
14/08/2013 00:00 Hs.
Sin justificación, eximen a comerciante de multa y clausura
Sin justificación, eximen a comerciante de multa y clausura

Polémica por exención de multa y clausura de local comercial, sin la aparente debida justificación. Áreas técnicas de la administración municipal, manifestaron "impotencia e indignación", ante una determinación del Ejecutivo, "sin argumentación válida", de aceptar el pedido de un comerciante para ser eximido en el pago de una multa fijada, y liberado de la disposición de clausura del local en cuestión.

El contribuyente, que explota un local en calle Onelli al 400, se presentó ante el Ejecutivo el pasado mes de junio, para solicitar que se obvie lo determinado por el Juzgado de Faltas Número 1, y se lo exima de ambas sanciones, multa y clausura.

Sin que medie una argumentación técnica que dé sustento a la decisión, la Intendenta interina, María Eugenia Martini, avaló el pedido y dejó en difícil posición a las áreas de inspección y Juzgado de Faltas que infraccionaron por falta de habilitación.

La argumentación con la que el comerciante respaldó su pedido al Municipio, se basa en su "difícil situación económica". Justificó que la explotación del comercio sobre el cual se dispuso la sanción conjunta de multa y clausura, constituye "su única fuente de ingresos, dependiendo del mismo la manutención de su grupo familiar".

Planteó, en tanto, que le resulta "materialmente imposible hacer frente a la sanción de multa", recaudo necesario y previo para acceder a la habilitación comercial.

Precisó, en ese sentido, que para iniciar nuevamente el trámite de habilitación, se le exigió la presentación de certificados de libre deuda, para lo cual debe cancelar en forma previa la multa que le fuera aplicada por el Juez de Faltas, de cuyo pago, precisamente, pide ser exceptuado.

Entendió, incluso, que el castigo que le fue impuesto "vulnera en forma irreparable su derecho a trabajar y a ejercer el comercio como medio de vida".

Ante esos alegatos, lo eximió de presentar certificado de libre deuda del Juzgado de Faltas Nº 1 para dar inicio al trámite de habilitación comercial del local. También lo absolvió de la sanción conjunta de multa y clausura a condición de que el mismo acredite –en el plazo de cinco días hábiles administrativos– ante el Juzgado de Faltas mencionado, haber dado formal inicio al trámite de habilitación comercial del inmueble".

Dispuso, en tanto, que "ante el incumplimiento de la condición, el beneficio quedará sin efecto de pleno derecho y en forma automática debiéndose el Juez a cargo del Juzgado de Faltas, proceder a efectivizar las sanciones que el mismo decide".

Para exculpar al comerciante, la Jefa Comunal se valió de "las facultades que me confiere el artículo 89 de la Ordenanza número 2374, del año 2012".

En rigor, esa normativa, establece que "será facultad del Intendente Municipal considerar los casos de eximición total o parcial del pago de tasas, derechos, contribuciones y sus accesorios de períodos devengados y de las multas firmes, cuando existan situaciones debidamente fundadas y justificadas".

El mismo artículo, estipula que el Ejecutivo Municipal "podrá, en caso de que lo considere necesario, requerir dictamen de la Secretaria con competencia tributaria, pudiendo asimismo requerirse informe social".

Y se aclara: "La concesión de las mismas tendrá carácter excepcional y serán debidamente fundadas".

En la resolución de la Intendenta en la que se justifica la exención, no se especifica que el Ejecutivo haya cumplimentado los pasos mencionados. Sólo se configura el descargo verbal del comerciante, pero no las verificaciones pertinentes.

Lo cierto, es que el Ejecutivo tiene fácil acceso a conocer los ingresos y la cantidad de locales que explota el contribuyente, de acuerdo al número de habilitaciones comerciales que solicitó el comerciante y su historial tributario.

Según pudo conocer ANB, el hombre explotaría al menos dos locales comerciales de venta de indumentaria. El de Onelli, y otro ubicado sobre calle Moreno al 400.

Fuentes de áreas técnicas de la administración municipal, explicaron a ANB que "no se cumplieron los pasos debidos" y "se trata de un comerciante bien establecido económicamente".

Este medio verificó que el contribuyente está inscripto como trabajador autónomo ante el fisco, por lo que los ingresos por la actividad comercial podrían superar los 25 mil pesos mensuales. (ANB)